STSJ Andalucía 543/2007, 21 de Febrero de 2007
Ponente | JOSE MARIA CAPILLA RUIZ-COELLO |
ECLI | ES:TSJAND:2007:5334 |
Número de Recurso | 2812/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 543/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación núm. 2812/06, interpuesto por I.N.S.S. y T.G.S.S. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. TRES de JAÉN en fecha 1 de junio de 2.006 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Franco en reclamación sobre DIFERENCIA DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN contra I.N.S.S., T.G.S.S. y contra O.N.C.E. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 1 de junio de 2.006 , por la que estimando la demanda interpuesta por D. Franco contra INSS, TGSS y ONCE debo declarar y declaro que la base reguladora que corresponde al actor es la de 1441'29 euros, teniendo efectos económicos desde el inicio de las prestaciones en 8-7-00, y debiéndosele aplicar las mejoras y revalorizaciones que legalmente corresponda.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- El actor D. Franco con DNI NUM000 , solicito del Instituto Nacional de la Seguridad Social lasPrestaciones de jubilación dictándose resolución en 8-7-00, reconociendo al actor la entidad gestora el 84% de una base reguladora de 1013'19 euros con efectos económicos desde el 1-7-00, teniendo en cuenta para determinar dicha base reguladora las cotizaciones producidas como consecuencia de la relación laboral del actor como agente vendedor con la empresa ONCE.
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- Que si se hubieran tenido en cuenta las cotizaciones que correspondían al actor conforme determina el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la resolución que obra en autos y en el resultado de la providencia dictada por este Juzgado en 9-5-06 , el importe bruto de la base reguladora ascendería a 1441'29 euros, teniendo derecho el actor al porcentaje del 84%.
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- Que el actor solicita que se declare la base reguladora de 1437'61 euros mensuales y que se le de efectos desde el inicio de la prestación en 8-7-00.
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- Que agoto la vía previa administrativa.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por
I.N.S.S. y T.G.S.S., recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por D. Franco . Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Contra la sentencia que, con estimación de la demanda, declaraba que la base reguladora que corresponde al actor es la de 1441,29 euros y señalando, como fecha de efectos de la revisión efectuada en la cuantía de la pensión de jubilación del actor, la de la solicitud que dio lugar al reconocimiento inicial de la prestación, se alza el INSS en recurso que, en un primer motivo, postula se rectifique la redacción dada al ordinal segundo para que diga, en lugar de que "....el importe de la base reguladora ascendería a 1441,29", expresa "ascendería a 1432,97 euros" lo que, por el...
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