SAP A Coruña 104/2000, 27 de Junio de 2000

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2000:2456
Número de Recurso101/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución104/2000
Fecha de Resolución27 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

Id Cendoj: 15030370042000100359

Órgano: Audiencia Provincial

Sede: Coruña (A)

Sección: 4

Nº de Recurso: 101/2000

Nº de Resolución: 104/2000

Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Ponente: ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ Tipo de Resolución: Sentencia

T6

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

Sección 4ª

Rollo: 101/00

Reparto: 567/00

Órgano Procedencia:

JDO. DE LO PENAL Nº. 2 de A CORUÑA

Proc. Origen:

PROCEDIMIENTO ABREVIADO n° 86/2000

NÚM. 104/00

LA SECCION CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA constituida por los

Ilustrísimos señores DON JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG, DON ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ, DON AGUSTIN JESUS PÉREZ CRUZ MARTIN

Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

SENTENCIA

En el recurso de apelación penal número 567/00, interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO PENAL N° 2 A CORUÑA, en el Juicio oral n° 86/00 , dimanante del Procedimiento Abreviado n° 303/99 del Juzgado de Instrucción n° 3 de A CORUÑA , seguido por un delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN Y OTROS, figurando como apelante Iván , representado

por la Procuradora SRA. BEREA RUIZ; y como apelado el MINISTERIO FISCAL. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO PENAL N° 2 A CORUÑA, se dictó sentencia de 15.4.00 , cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Iván , como autor de: -UN DELITO CONSUMADO DE ROBO CON INTIMIDACIÓN, con uso de medio peligroso, con el concurso de la agravante de reincidencia, a la pena de CUATRO AÑOS Y TRES MESES DE PRISION.

-DOS DELITOS DE ROBO CON INTIMIDACION con uso de medio peligroso en grado de tentativa, con el concurso de la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de DOS

AÑOS Y NUEVE MESES DE PRISION por cada uno de ellos.

-UN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA en grado de tentativa, a la pena de VEINTICUATRO FINES DE SEMANA DE ARRESTO.

Las penas de prisión conllevarán las accesorias de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por su tiempo de duración de la misma.

En concepto de responsabilidad civil indemnizará a Inmaculada con la cantidad de 3.000 pesetas, y a Victoria con la de 500 pesetas, incrementadas con los intereses devengados con arreglo a lo dispuesto en el art. 921 de la LEC .

Todo ello con expresa condena en costas.

Pronúnciese esta sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes con la advertencia de que, contra la misma, se podrá Interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de La Coruña, a medio de escrito autorizado con firma de Letrado y Procurador, dentro de los diez días siguientes a su notificación".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación por Iván , que le fue admitido en ambos efectos, y previa la tramitación legalmente establecida, se acordó elevar las actuaciones a este Tribunal, siendo repartidas a esta Sección.

TERCERO

Recibidas que fueron por resolución de 2.6.00, con fecha 12.6.00, pasan las actuaciones al Ponente para deliberación y Fallo.

CUARTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales, excepto en cuanto al tiempo para dictar sentencia, debido al cúmulo de trabajo que pesa sobre esta sección.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia recurrida, salvo el penúltimo párrafo, que se sustituye, quedando redactados de la siguiente forma:

El día 1 de Octubre de 1999, sobre las 17,45 horas, Iván entró en las instalaciones del taller "Almorada", sito en el número ocho de la Avda de la Sardiñeira de la ciudad de La Coruña, y se dirigió a su propietaria, a una empleada, y a una cliente pidiéndole que le diesen dinero. Como la propietaria del negocio, Inmaculada , intentó salir, Iván se dirigió a ésta y, abriéndose la cazadora, le mostró la culata de una pistola de plástico de color negro y con cachas marrones macizas que tenía grabada la inscripción 45ER COMBAT PISTOL, que llevaba metida entre el pantalón y el cuerpo y sujeta con un cinturón, le dijo "como te muevas os mato a las tres", sacándola y sosteniéndola en la mano mientras registraba los bolsos de las presentes apoderándose de 3000 pesetas de Inmaculada y de 500 pesetas de Victoria , su empleada.

Sobre las 18,00 horas de ese mismo día, Iván entró en la tienda "Don Vaquero"; sita en la calle Oidor Gregorio Tovar, número 19, abordando a la empleada María Esther pidiéndole que le diese dinero. Ante la negativa de ésta, Iván bajó la cremallera de la cazadora que vestía y, dejando entrever la culata de la pistola, le preguntó "si quería morir por no darle un poco de dinero", momento en el que entró un cliente en la tienda, ante lo que abandonó el lugar.

Posteriormente, aproximadamente a las 18,15 horas, penetró en la tienda " DIRECCION000 ", con sede en la CALLE000 , número NUM000 - NUM001 , pidiendo dinero a su propietario Esteban , quien se negó a entregárselo, ante lo que Iván le mostró la pistola que llevaba en la cintura, al tiempo que le decía "¿Quieres que te pegue un balazo?", persistiendo Esteban en su negativa, ante lo que abandonó el establecimiento.

Posteriormente, Iván fue detenido por agentes de la Policía Local.

El día 2, cuando estaba detenido, Iván fue trasladado por una dotación de la Policía Nacional al Servicio de Urgencias de la Casa del Mar para recibir atención médica y, a las 18,30. Cuando se disponían a regresar a las dependencias Policiales, en el momento en que iba a ser introducido en el vehículo, debidamente esposado, se zafó de la sujeción de uno de los agentes, huyendo a la carrera hasta que, finalmente, fue alcanzado a una...

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