SAP Alicante 315/2000, 5 de Mayo de 2000
Ponente | MANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ |
ECLI | ES:APA:2000:2170 |
Número de Recurso | 579/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 315/2000 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª |
SENTENCIA N°. 315
En el recurso de apelación interpuesto por D. Tomás , representado por la Procuradora Sra. Quintar Mingot, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número siete de Benidorm, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.
Por el Juzgado de Primera Instancia número siete de Benidorm, en los autos de juicio de separación número 252/98, se dictó en fecha 28 de abril de 1999 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que desestimando íntegramente la demanda de juicio de incidentes sobre cuestión de competencia territorial por declinatoria en la separación matrimonial número 252/98, formulada por la Procuradora Dª. Josefa Emilia Hernández Hernández, en nombre y representación del demandado D. Tomás , contra la actora Dª. Luisa , representada por la Procuradora Dª. Carmen Richarte Salazar, debo declarar y declaro competente al Juzgado de Primera Instancia número siete de Benidorm para el conocimiento del proceso de separación matrimonial n° 252/98 instado por Dª. Luisa contra D. Tomás , imponiendo las costas al demandado promotor del incidente Sr. Tomás . Se alza la suspensión a que está afecto el proceso de separación matrimonial n°. 252/98 de este Juzgado, concediendo a la parte demandada el improrrogable plazo de un día para que conteste a la demanda."
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 579/99, en el cual se personaron ambas partes litigantes. Tramitado el recurso en legal forma y conferidos los oportunos traslados, se propuso a las partes la posibilidad de sustituir el trámite de vista oral por el de informes escritos, a lo que mostraron su conformidad, presentando los correspondientes informes y señalándose para votación y Fallo el día 3.5.2000.TERCERO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Referida esta resolución a la competencia de la jurisdicción española para conocer del juicio de separación de los litigantes, el esposo de nacionalidad alemana y la esposa de nacionalidad cubana, jurisdicción que la sentencia de instancia declara por considerar que el matrimonio tuvo su último domicilio conyugal en la localidad de Alfaz del Pí, procede resolver el...
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