SAP Barcelona, 2 de Octubre de 2006

PonenteJUAN CARLOS HORTAL IBARRA,
ECLIES:APB:2006:10964
Número de Recurso134/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SEXTA

ROLLO APELACIÓN Nº 134/2006-P

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 135/2005

JUZGADO DE LO PENAL Nº 16 DE BARCELONA

SENTENCIA

Ilmos. Sres:

D. MIGUEL ÁNGEL GIMENO JUBERO

DÑA. MARÍA DOLORES BALIBREA PÉREZ

D. JUAN CARLOS HORTAL IBARRA

En Barcelona a 2 de octubre de dos mil seis

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado número 135/2005, seguido ante el Juzgado de lo Penal número 16 de Barcelona, por un DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL, previsto y penado en los arts. 390.1 y 392 del CP, contra Manuel, representado por el Procurador D. Juan Antonio Moreno Sanllorente, y defendido por el Letrado D. Antonio Corner Torrego, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud del recurso interpuesto por la representación procesal de Manuel contra la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Penal nº 16 de Barcelona en fecha 13 de marzo de 2006, y siendo Ponente el Magistrado D. JUAN CARLOS HORTAL IBARRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los hechos probados de la Sentencia apelada y que han sido aceptados en esta alzada son del tenor literal siguiente: "El acusado, Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 20:15 horas del día 24 de abril de 2004 circulaba por la carretera de El Prat, intersección con la calle Rubió i Ors de Cornellá de Llobregat con un ciclomotor que había adquirido de Juan Pedro con número de bastidor NUM000 al que había incorporado la placa de matrícula con número X-....-XHB correspondiente a otro ciclomotor propiedad del acusado".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Manuel, como autor responsable de un delito de FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL, previsto y penado en los artículos 392 y 390.1.1º del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la pena de SEIS MESES DE MULTA con una cuota diaria de SEIS EUROS con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas del juicio".

TERCERO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por la representación procesal de Manuel recurso de apelación que fue admitido a trámite, dándose de ellos traslado al Ministerio Fiscal quien se opuso solicitando la confirmación de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 16 de Barcelona por sus propios fundamentos, siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aduce la...

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