SAP Madrid 307/2013, 23 de Julio de 2013

PonenteJOSE MANUEL CLEMENTE FERNANDEZ-PRIETO GONZALEZ
ECLIES:APM:2013:21306
Número de Recurso191/2013
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución307/2013
Fecha de Resolución23 de Julio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 191/2013

JUICIO DE FALTAS Nº 614/2012

JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 45 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 307/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /

SECCION SEXTA /

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En Madrid, a 23 de julio de 2013.

VISTA, en segunda instancia, por el Ilmo. Sr. D. José Manuel Fernández Prieto González, Magistrado de la sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2º, párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la presente apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 45 de Madrid, de fecha 28 de noviembre de 2012, en la causa citada al margen.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 45 de Madrid se dictó sentencia, de fecha 28 de noviembre

de 2012, cuyo relato de hechos probados es el siguiente: " El día 29 de mayo de 2012, en El Corte Ingles del campo de las Naciones de esta capital, Dña. María Teresa cogió una crema, valorada en 9,70 euros, la introdujo en un bolso, e intentó salir del establecimiento sin pagarla, siendo interceptada, recuperándose la crema. No ha resultado acreditado que la Sra. María Teresa insultara después a los vigilantes de seguridad del establecimiento." y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Dña. María Teresa, como autora responsable de una falta de tentativa de hurto a la pena de UN MES DE MULTA, con cuota diaria de -DOS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria el art 53 del Código Penal, en caso de impago, absolviéndola de la falta de injurias, por la cual también ha sido acusada. Se acuerda el levantamiento del depósito del objeto sustraído. "

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la condenada en la instancia María Teresa recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 5 de junio de 2013, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, señalándose para la resolución del recurso la audiencia del día 22 de julio de 2013.

CUARTO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos que se declaran probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por la condenada en la instancia María Teresa adolece de carece de...

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