SAP Madrid 297/2013, 2 de Septiembre de 2013

PonenteMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
ECLIES:APM:2013:15817
Número de Recurso205/2013
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución297/2013
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DECIMOQUINTA

ROLLO DE SALA: RJ 205/13

JUICIO DE FALTAS nº 169/13

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN nº 3 de Móstoles

La Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A nº 297 /13

MAGISTRADA: )

Dña. Pilar de Prada Bengoa )

__________________________________)

En Madrid, a dos de septiembre de dos mil trece.

Visto en segunda instancia por la Ilma. Sra. Magistrada al margen señalada, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2013, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Móstoles, en el Juicio de Faltas nº 169/13; habiendo sido partes, de un lado como apelante doña Esperanza, y de otro, como apelados doña Caridad y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Doña Esperanza, ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 29 de abril de

2013, del Juzgado de Instrucción nº 3 de Móstoles .

La sentencia impugnada condena a Esperanza como autora de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a una pena de multa de 30 días de duración con una cuota diaria de 4 euros, y como autora de una falta de injurias leves del art. 620.2º a una pena de multa de 15 días con una cuota diaria de 4 euros, con expresa imposición de dos tercios de las costas del procedimiento. Se impone una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Caridad en la cantidad de 100 euros.

Condena a Caridad como autora criminalmente responsable de una falta de lesiones del art. 617.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a una pena de multa de 30 días de duración con una cuota diaria de 4 euros, con expresa imposición de un tercio de las costas del procedimiento. Se impone una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Esperanza en la cantidad de 100 euros.

  1. HECHOS PROBADOS Se aceptan los contenidos en la sentencia de instancia, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La apelante, doña Esperanza, solicita en el recurso la revocación de la sentencia, para

que se deje sin efecto la condena que le ha sido impuesta como autora de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal, alegando, a tal fin, que dicha sentencia ha incidido en error en la apreciación de las pruebas y en vulneración del artículo 24 de la Constitución, al no haberse desvirtuado el principio de presunción de inocencia.

Procede confirmar la resolución impugnada en toda vez que la sentencia es ajustada a Derecho conforme el resultado de la prueba aportada al acto de celebración del juicio, en el que se han practicado probanzas de cargo con todas las garantías, suficientes en los términos exigidos por el derecho constitucional para desvirtuar el principio de presunción de inocencia y permitir conformar la plena convicción en conciencia alcanzada por el juzgador a quo de acuerdo con el artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que ha sustentado la condena que ha sido impuesta. Tal prueba de cargo ha sido además correctamente valorada por el órgano...

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