STSJ Comunidad de Madrid 1/2014, 14 de Enero de 2014

PonenteEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS
ECLIES:TSJM:2014:815
Número de Recurso1951/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1/2014
Fecha de Resolución14 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2008/0114150

Procedimiento Ordinario 1951/2008

Demandante: D./Dña. Jesús Manuel

PROCURADOR D./Dña. JOSE RAMON REGO RODRIGUEZ

Demandado: Ministerio de Política Territorial y Administración Pública

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

Rec.nº 1951/08

Ponente : Sra . EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS

S E N T E N C I A NUM. 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEXTA

ILMOS . SRES . :

PRESIDENTE :

Dña .TERESA DELGADO VELASCO

MAGISTRADOS :

Dña .CRISTINA CADENAS CORTINA

Dña. AMPARO GUILLÓ SÁNCHEZ GALIANO

Dña . EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS

  1. FRANCISCO DE LA PEÑA ELÍAS

En la Villa de Madrid, a catorce de Enero de dos mil catorce.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo, promovido por el Procurador de los Tribunales Sr. Rego Rodríguez, en nombre y representación de D. Jesús Manuel, contra la Resolución dictada, en fecha 14 de Febrero de 2008, por el Ministro de Administraciones Públicas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución dictada en fecha 3 de Diciembre de 2007, por el Tribunal Calificador del proceso selectivo convocado por Orden APU/244/2007 de 29 de Enero para ingreso por el Sistema de acceso libre en la Subescala de Secretaría-intervención; ha sido parte la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado y como codemandados D. Donato en su propio nombre, la Procuradora Esperanza Azpeitia Calvin en nombre y representación de Dña Elvira, Dña Juliana, D. Isidoro, D. Matías

, D. Roman, Dña Rosaura, Dña Carla y Dña Felicisima . D. Luis Alberto en su propio nombre y representación. La Procuradora Dña Maria Luisa Novillo García en nombre y representación de D. Alonso . La Procuradora Dña Maria Teresa Donesteve y Velazquez-Gaztelu en nombre y representación de D. Cesareo

, Dña Petra, Dña Marí Jose, Dña Begoña, Dña Enma, Dña Lucía D. Gonzalo y Dña Ruth . La Procuradora Dña Gloria Messa Teichman en nombre y representación de Dña Adolfina, Dña Coral, D. Modesto y D. Saturnino . La Procuradora Dña Maria Pardillo Landeta en nombre y representación de D. Carlos María, D. Claudio, Dña Luisa, D. Bernardino, Dña Sandra, D. Eulalio, D. Hipolito,D. Manuel

, D. Rodolfo, D. Jose Antonio, Dña Belinda, D. Balbino, D. Domingo, Dña Filomena, Dña Mercedes, Dña Teodora, Dña Angustia, Dña Elisenda, Dña Lina, Dña Sacramento, Dña Agueda, Dña Cristina

, Dña Joaquina, Dña Ramona, D. Marino, D. Rubén, Dña Africa y Dña Delfina .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto dos puntos.

  1. se declare nulo, anule o revoque y deje sin efecto el segundo ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo correspondiente a la convocatoria aprobada mediante orden APU/244/2007, de 24 enero (BOE de 9 febrero) retrotrayendo procedimientos selectivos del momento en que el tribunal calificador apruebe y formule nuevo segundo ejercicio así como la convocatoria para la práctica del mismo por los opositores que superaron el primer ejercicio de la fase de oposición.

    Subsidiariamente se declare nulas la " Relación de aspirantes que han superado el segundo ejercicio del proceso selectivo de acceso libre a la sub escala de secretaría intervención, mediante el sistema de concurso oposición, en el marco del proceso de consolidación de empleo interino" y la "Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición" del mismo proceso, correspondiente a la convocatoria aprobada mediante Orden APU/244/2007 de 29 enero ( BOE de 9 de Febrero) anulando asimismo las resoluciones posteriores a dicho acto administrativo, y se retrotraiga las actuaciones hasta el momento inicial de la lectura del segundo ejercicio de la fase de oposición del proceso de selección referenciado, es decir, al momento inicial de lectura por parte del primer opositor.

    Subsidiariamente, se acuerde declarar apto al recurrente con relación al segundo ejercicio de la fase de oposición o, dicho de otra manera, incluirla en dicha relación de aprobados otorgan de la puntuación que estime procedente por el órgano jurisdiccional así como declarar que él mismo ha superado la fase de oposición incluyen de la respectiva relación, pues del plazo de 20 días naturales para la presentación de los méritos correspondientes a la fase de concurso, siguiéndose los demás trámites procedimentales que sean pertinentes conforme a la orden de la convocatoria.

  2. condene e imponga las costas a la administración demandada

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida al igual que los codemandados .

TERCERO

Verificada la contestación a la demanda, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento .

CUARTO

- Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia el día 14 de Noviembre de 2011. Mediante Providencia de 28 de Noviembre de 2011 se acordó requerir a la Secretaría General Técnica del Departamento para que emplazara en plazo de diez días a quienes superaron el segundo ejercicio y la fase de oposición del proceso selectivo por si querían personarse en el procedimiento.

Admitidas las personaciones y evacuadas las contestaciones a demanda se procedió a señalar nuevamente para deliberación, votación y Fallo el día 13 de Enero de 2014.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación .

Siendo Ponente la Magistrada Ilma . Sra . Dña . EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- El presente recurso se interpone por el actor, en su condición de participante en el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en la Subescala de Secretaría-Intervención, mediante sistema de concurso oposición, en el marco del proceso de consolidación empleo interino para cubrir 100 plazas desempeñadas por personal interino en las entidades locales aprobado por orden APU/244/2007 de 29 enero (BOE de 9 febrero).

El actor interpone el recurso contra el acto administrativo identificado en la resolución dictada por el Ministerio de Administraciones Públicas en fecha 14 febrero 2008, resolviendo el recurso de alzada interpuesto contra las resoluciones dictadas por el tribunal calificador del mencionado proceso selectivo el día 13 diciembre 2007 en virtud de las cuales se aprobó la relación de aspirantes que habían superado el segundo ejercicio de la fase de oposición y la relación nominativa de aspirantes que habían aprobado la fase de oposición para el ingreso por el sistema general de acceso libre a la Subescala de Secretaría- Intervención.

La resolución de 3 de Diciembre de 2007 acordó aprobar la relación nominativa de aspirantes que han superado el segundo ejercicio de la fase de oposición y reflejarla en un Anexo. Al solicitar el actor la revisión o subsidiariamente la interposición del recurso de alzada se levantó Acta el dia 18 de Enero de 2008 del Tribunal Calificador en la que se reflejaba que respecto de la lectura del actor del segundo ejercicio de la fase de oposición se había acordado por unanimidad darle la calificación inferior a la de 30 puntos de acuerdo con criterios técnicos y conforme a la base 2.1 teniendo en cuenta la capacidad de análisis y aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución del problema práctico planteado.

La resolución del 14 febrero 2008 se funda en la aplicación de la base dos. Uno de la orden APU/244/2007 por el tribunal calificador, así como la aplicación de la potestad discrecionalidad técnica de los órganos evaluadores, y por entender que las revisiones solicitadas por el actor en sucesivos escritos remitidos en diciembre de 2007 y enero 2008 no estaban previstas ni en las bases de la convocatoria ni en la normativa aplicable, al margen de la discrepancia jurídica que pueda suscitarse respecto dicha calificación, y, respecto del acceso a los registros de los documentos que forman parte del expediente individual de un proceso selectivo, se consideró que era de aplicación el artículo 37 de la ley 30/92 .

SEGUNDO

El objeto del presente recurso se centra en determinar si la exclusión del actor de la relación nominativa de aspirantes que superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo en el que había participado y en la relación nominativa de aspirantes aprobados en la fase grupos de oposición son conformes a derecho.

La parte actora alega, en esencia:

-que el tribunal calificador copió de forma literal el supuesto correspondiente a contratación de los dos supuestos formulados a los opositores correspondientes al segundo ejercicio de la fase de oposición del dinero titulado "manual de contratación" de don Ezequias entendiendo que este hecho impide la función de los tribunales calificadores de salvaguardar la objetividad y limpieza del proceso selectivo particularmente y respecto del derecho indicado propicia que algunos de los participantes puedan tener acceso, por sus relaciones previas con el autor del libro o con miembros del centro gestor del proceso selectivo al caso práctico que se pone en el examen con vulneración del principio reconocido en el artículo 23. 2 de la Constitución relativo al acceso en condiciones de igualdad y bajo los principios de mérito y capacidad de la función pública y la necesaria...

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