SAP Madrid 435/2013, 6 de Noviembre de 2013

PonenteANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
ECLIES:APM:2013:15704
Número de Recurso327/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución435/2013
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933917

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0005662

Recurso de Apelación 327/2013

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 05 de Collado Villalba

Autos de Procedimiento Ordinario 1037/2011

APELANTE: D./Dña. Lina Estela y D./Dña. Luis Celso

PROCURADOR D./Dña. JOSE MANUEL VILLASANTE GARCIA

APELADO: D./Dña. Guadalupe Araceli y D./Dña. Alfredo Alonso

PROCURADOR D./Dña. MANUEL LANCHARES PERLADO

SOBRE: Proceso de declaración. Procedimiento ordinario. Ejercicio acumulado de acciones de deslinde y reivindicatoria.

MAGISTRADO: ILMO. SR. D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

SENTENCIA nº 435/2013

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D./Dña. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

D./Dña. MARÍA CARMEN MARGALLO RIVERA

En Madrid, a seis de noviembre de dos mil trece.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1037/2011 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 05 de Collado Villalba a instancia de Dña. Lina Estela y D. Luis Celso, como apelantes - demandados, representados por el Procurador D. JOSE MANUEL VILLASANTE GARCIA y defendidos por Letrado, contra Dña. Guadalupe Araceli y D. Alfredo Alonso, como apelados - demandantes, representados por el Procurador D. MANUEL LANCHARES PERLADO y defendidos por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 27/11/2012 .

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 05 de Collado Villalba se dictó Sentencia de

fecha 27/11/2012, cuyo fallo es el tenor siguiente: " ESTIMO la demanda interpuesta por el procurador don Esteban Muñoz Nieto en nombre y representación de DON Alfredo Alonso y DOÑA Guadalupe Araceli contra DON Luis Celso y DOÑA Lina Estela, DECLARO que D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli son titulares del 100% del pleno dominio con carácter ganancial de la finca registral núm. NUM000 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba que se corresponde con la parcela NUM001 de la URBANIZACIÓN000, con una superficie de 2.950,35 m2, y que D. Guadalupe Araceli y Dña. Lina Estela ocupan ilegítimamente, en una cabida de 141 metros cuadrados la finca registral núm. NUM000, por el lindero Este en línea recta colindante con la parcela núm. NUM002 (finca registral núm. NUM003 ), en una franja de 45 metros lineales y 3,71 metros de anchura en la parte norte y 2,65 metros en la parte sur. DECLARO que existe una confusión de linderos en la linde que separa la finca registral núm. NUM000 (correspondiente a la parcela núm. NUM001 ) y la finca colindante núm. NUM003 (correspondiente a la parcela núm. NUM002 ) del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba, como consecuencia de la valla que los demandados han construido entre las fincas sin título y sin consentimiento alguno de los demandantes, y que el lindero Este de la finca núm. NUM000 en línea recta colindante con la parcela NUM002 discurre por los puntos identificados en el Plano topográfico incorporado al informe pericial realizado por D. Julio Diego (Documento núm. 14 de la demanda). CONDENO a D. Luis Celso y Dña. Lina Estela al DESLINDE y amojonamiento de la finca registral núm. NUM000 (parcela núm. NUM001 ) titularidad de los actores y la finca colindante núm. NUM003 (parcela núm. NUM002 ) titularidad de los demandados, del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba, de conformidad con las superficies y límites de una y otra finca señalados en el Plano Topográfico incorporado al informe pericial realizado por D. Julio Diego (Documento núm. 14 de la demanda). CONDENO a D. Luis Celso y Dña. Lina Estela a DESOCUPAR la totalidad de la finca registral núm. NUM000 (parcela NUM001 ) titularidad de D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli

, con RESTITUCIÓN a D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli de la plena posesión de la finca núm. NUM000 (parcela NUM001 ) del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba ilícitamente invadida, y a DEMOLER a su costa la valla de separación instalada en la misma y el levantamiento a su costa de la valla de separación entre ambas propiedades conforme a sus límites reales, con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 21 de octubre de 2013, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 5 de noviembre de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida en todo cuanto no

aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.

SEGUNDO

I. Resumen de antecedentes - (1) A través de la demanda rectora de las actuaciones a que se contrae el presente Rollo, formulada mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 9 de diciembre de 2011, la representación procesal de don Alfredo Alonso y doña Guadalupe Araceli ejercitaba, en régimen de acumulación simple, acciones de deslinde y reivindicatoria frente a don Luis Celso y doña Lina Estela en solicitud de pronunciamiento jurisdiccional por el que «... 1. SE DECLARE que D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli son titulares del 100% del pleno dominio con carácter ganancial de la finca registral núm. NUM000 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba que se corresponde con la parcela NUM001 de la URBANIZACIÓN000, con una superficie de 2.950,35 m2, y que D. Luis Celso y Dña. Lina Estela ocupan ilegítimamente, en una cabida de 141 metros cuadrados la finca registral núm. NUM000, por el lindero Este en línea recta colindante con la parcela núm. NUM002 (finca registral núm. NUM003 ), en una franja de 45 metros lineales y 3,71 metros de anchura en la parte norte y 2,65 metros en la parte sur. 2. SE DECLARE que existe una confusión de linderos en la linde que separa la finca registral núm. NUM000 (correspondiente a la parcela núm. NUM001 ) y la finca colindante núm. NUM003 (correspondiente a la parcela núm. NUM002 ) del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba, como consecuencia de la valla que los demandados han construido entre las fincas sin título y sin consentimiento alguno de los demandantes, y que el lindero Este de la finca núm. NUM000 en línea recta colindante con la parcela NUM002 discurre por los puntos identificados en el Plano Topográfico Plano Topográfico ("Plano de superficie y alineaciones núm. 01 ") incorporado al informe pericial realizado por D. Julio Diego (Documento núm. 14 del presente escrito). 3. SE CONDENE a D. Luis Celso y Dña. Lina Estela al DESLINDE y amojonamiento de la finca registral núm. NUM000 (parcela núm. NUM001 ) titularidad de mis representados y la finca colindante núm. NUM003 (parcela núm. NUM002 ) titularidad de los demandados, del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba, de conformidad con las superficies y límites de una y otra finca señalados en el Plano Topográfico ("Plano de superficie y alineaciones núm. 01") incorporado al informe pericial realizado por D. Julio Diego (Documento núm. 14 del presente escrito). 4. SE CONDENE a D. Luis Celso y Dña. Lina Estela a DESOCUPAR la totalidad de la finca registral núm. NUM000 (parcela NUM001 ) titularidad de D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli

, con RESTITUCIÓN a D. Alfredo Alonso y Dña. Guadalupe Araceli de la plena posesión de la finca núm. NUM000 (parcela NUM001 ) del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado Villalba ilícitamente invadida, y a DEMOLER a su costa la valla de separación instalada en la misma y el levantamiento a su costa de la valla de separación entre ambas propiedades conforme a sus límites reales. 5. SE CONDENE a D. Luis Celso y Dña. Lina Estela al pago de las costas que se devenguen en el procedimiento».

Fundaba dicha pretensión, en apretada síntesis, en los siguientes hechos: 1) Los demandantes son titulares dominicales, con carácter ganancial, por título de compraventa de la finca registral núm. NUM000 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado-Villalba (Madrid), correspondiente a la parcela NUM001 del término municipal de Collado-Villalba (Madrid) y que los demandados son titulares dominicales de la finca registral núm. NUM003 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Collado-Villalba (Madrid), correspondiente a la parcela NUM002 del término municipal de Collado-Villalba (Madrid), colindante con la parcela propiedad de los demandantes; y que la controversia se originó cuando los demandados arrancaron la valla instalada por los actores y colocaron una nueva que invade la parcela de los demandantes; 2) Afirmaba que la parte demandante había...

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