ATS, 14 de Enero de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:77A
Número de Recurso699/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Enero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de Enero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "ENDESA ENERGÍA S.A.U.", con fecha 11 de marzo de 2013 se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 1 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 162/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 165/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 20 de marzo de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de con fecha 22 de marzo de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. Íñigo Muñoz Durán, en nombre y representación de "ENDESA ENERGÍA S.A.U.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de marzo de 2013 personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora Dª Pilar Iribarren Cavalle, en nombre y representación de "ENAGÁS S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de abril de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "ENDESA ENERGÍA S.A.U.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 de la LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN ASÍ COMO EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de "ENDESA ENERGÍA S.A.U." contra la Sentencia dictada, en fecha 1 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 162/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 165/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 y en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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