ATS, 7 de Diciembre de 2013

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2013:11971A
Número de Recurso1117/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a siete de Diciembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "MERIDIA CAPITAL PARTNERS, SL" presentó escrito de interposición de recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 26 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 700/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 10/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 57 de Barcelona.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 8 de mayo de 2013 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes con fecha 13 de mayo de 2013.

  3. - Formado el presente rollo, por la procuradora Sra. Campillo García se ha presentado escrito con fecha 14 de mayo de 2013, en nombre y representación de "MERIDIA CAPITAL PARTNERS, SL", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, el procurador Sr. Lanchares Perlado ha presentado escrito con fecha 25 de junio de 2013, en nombre y representación de DON Aurelio , personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "MERIDIA CAPITAL PARTNERS, SL", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 de la LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "MERIDIA CAPITAL PARTNERS, SL" contra la sentencia dictada, con fecha 26 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 700/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 10/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 57 de Barcelona.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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