SAP Madrid 354/2013, 14 de Octubre de 2013
Ponente | MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2013:15233 |
Número de Recurso | 115/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 354/2013 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
Audiencia Provincial Civil de MadridSección Decimonovena C/ Ferraz, 41 - 28008Tfno.: 914933816/86/8737007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0001980
Recurso de Apelación 115/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 05 de Alcobendas
Autos de Procedimiento Ordinario 1744/2011
APELANTE: D./Dña. María Virtudes y D./Dña. Leovigildo
PROCURADOR D./Dña. RAQUEL HOYOS HOYOS
APELADO: COLEGIO SUIZO DE MADRID (SCHWEIZER SCHULE MADRID -CSM)
PROCURADOR D./Dña. MARIA DEL ROSARIO LARRIBA ROMERO
SENTENCIA Nº 354
PONENTE ILMO. SR. D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO
ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:
D./Dña. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ
D./Dña. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO
D./Dña. JOSÉ ZARZUELO DESCALZO
En Madrid, a catorce de octubre de dos mil trece.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 1744/11, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcobendas, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 115/13, en el que han sido partes, como apelantes D Leovigildo Y Dª María Virtudes, que estuvieron representados por la Procuradora Sra Hoyos Hoyos; y de otra, como apelada COLEGIO SUIZO DE MADRID, representado por la Procuradora Sra Larriba Romero.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 7 de noviembre de 2012 el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Alcobendas en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando como desestimo íntegramente la demanda interpuesta por D. Leovigildo y Dª María Virtudes en nombre y representación de su hijo menor de edad D. Alejo, representados por la Procuradora Sra. Hoyos Hoyos, contra COLEGIO SUIZO DE MADRID-SCHWEIZER SCHULE MADRID, representado por la Procuradora Sra. Larriba Romero, debo absolver y absuelvo a la citada demandada de las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de las costas causadas a la parte actora."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 19 de febrero de 2013, abriéndose el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el día 8 de octubre de 2013, se han observado las prescripciones legales.
Dos son los grupos de alegaciones que la parte apelante plantea en esta alzada como
fundamento del recurso que sostiene contra la sentencia dictada en la instancia, y que en definitiva son coincidentes con la fundamentación de la pretensión que se contiene en la demanda rectora del proceso; en primer lugar se refiere la apelante al error en la valoración de la prueba, sobre un evidente elemento fáctico en el sentido de la consideración de la prueba de los hechos a cuyo tenor basa su acción, y que determinan que el menor hijo de los demandantes venía siendo objeto en el colegio demandado de una situación de acoso escolar con graves consecuencias en su estabilidad psíquica. En segundo lugar, en cuanto elemento eminentemente jurídico, se denuncia en el recurso el error en la fundamentación jurídica de la sentencia apelada al no reconocer la responsabilidad de la institución demandada en aquella situación, en lo que concretamente respecta a la pasividad y comportamiento claramente negligente en orden a reconocer, atajar, y combatir aquella situación de acoso.
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