SAP Jaén 149/2013, 4 de Septiembre de 2013

PonenteMARIA FERNANDA GARCIA PEREZ
ECLIES:APJ:2013:1109
Número de Recurso84/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución149/2013
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Segunda

J A E N

JUZGADO DE LO PENAL

NUMERO 3 DE JAEN

P.A. NÚMERO 91/2012

ROLLO APELACION PENAL NÚMERO 84/2013

Esta Audiencia Provincial de Jaén, por los Iltmos. Sres. Relacionados al margen, ha pronunciado, en Nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA Número 149

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. José Antonio Córdoba García

Magistrados:

D. Rafael Morales Ortega

D. Mª Fernanda García Pérez

En la ciudad de Jaén, cuatro de septiembre de dos mil trece.

Vista, en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal número 3 de esta capital, por el Procedimiento Abreviado nº 91/2012, por el delito falsedad en documento mercantil, procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de Cazorla, siendo acusada Virginia, cuyas circunstancias constan en la recurrida, representado en la instancia por el Procurador Sra Guzmán Herrera y defendido por el Letrado Sr. Jurado Ruiz, siendo apelante el acusado, parte apelada el Ministerio Fiscal y Esmeralda y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª Fernanda García Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén, en el Procedimiento Abreviado nº 91/2012 se dictó, en fecha 15-05-2013 Sentencia que contiene los siguientes hechos probados: "Resulta probado y así se declara expresamente que la acusada se encontraba casada con el Sr. Anton, que falleció el día 28 de noviembre de 2009 sin descendientes, concurriendo la acusada en la herencia de su marido con su suegra Esmeralda . El Sr. Anton era propietario a la fecha de su fallecimiento de dos vehículos, un Ford matrícula IT-....-F y un Pegeout matrícula F-....-F . La acusada, con carácter previo a la realización de la partición de la herencia de su marido y actuando con ánimo de alterar la verdad, procedió el día 11 de febrero de 2010 desde una gestoría de la localidad de Quesada, partido judicial de Cazorla (Jaén), a efectuar la transferencia del vehículo matrícula F-....-F a su favor, imitando la letra y firma de su marido fallecido. Igualmente la acusada, el día 24 de marzo de 2010, desde otra gestoría de la localidad de Quesada, realizó la transferencia del vehículo matrícula IT-....-F a favor de un tercero, imitando la letra y firma de su marido fallecido.".

SEGUNDO

Así mismo la referida Sentencia pronuncia el siguiente Fallo: "DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado/s Virginia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, como autor criminalmente responsables de:

  1. ) un delito de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses de prisión, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de seis meses con cuota diaria de 3 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

  2. ) y un delito de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses de prisión, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de seis meses con cuota diaria de 3 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago

    Y costas.

    En concepto de RESPONSABILIDAD CIVIL:

  3. ) Se declara la nulidad de la transmisión del vehículo matrícula F-....-F, realizada a favor de la acusada, en fecha 11 de febrero de 2010.

  4. ) La acusada deberá indemnizar a Dña. Esmeralda en la cantidad de 1.120 euros por los daños y perjuicios causados por la transmisión del vehículo matrícula IT-....-F realizada a favor de tercero en fecha 24 de marzo de 2010. ".

TERCERO

Contra la misma Sentencia por la representación de Virginia, formalizó en tiempo y forma el recurso de apelación dándose traslado a las demás partes para impugnación o adhesión habiéndose presentado por el Ministerio Fiscal escrito de impugnación, así como por la representación de Esmeralda .

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia, se acordó formar Rollo, turnar de Ponente, quedando examinados para Sentencia.

QUINTO

Se aceptan como trámites y antecedentes los de la Sentencia recurrida.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La condenada por un delito de falsedad en documento oficial interpone recurre de apelación, basado en error en la valoración de la prueba, al considerar que los testimonios de los empleados de la gestorías que tramitaron las transmisiones de los vehículos son coincidentes con la declaración de la acusada en juicio, en el sentido de haber retirado la documentación en blanco y haberla entregada ya firmada por la acusada tras el fallecimiento del marido, siendo un error involuntario de la acusada su manifestación en instrucción de haber firmado su marido las transferencias en presencia de los gestores, y que la pericial caligráfica no es concluyente respecto a la falsedad de la firma del esposo fallecido, impugnando asimismo la indemnización fijada a favor de la denunciante, suegra de la acusada, al resultar del documento privado de compraventa y liquidación del ITP que el Ford Escort se vendió por 1.000 euros.

El Ministerio fiscal y la acusación particular impugnaron el recurso, alegando que es prueba de cargo suficiente la pericial, que puso de manifiesto que las firmas no eran del marido y tenían semejanzas con la grafía de la acusada, la contradicciones de la acusada cuando declaró en instrucción que su marido firmó los documentos en la gestoría, lo que fue negado por los gestores, y la propia fecha de los documentos de transferencia posterior al fallecimiento del transmitente,...

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