ATS, 3 de Diciembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha03 Diciembre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Diciembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Jesús Ángel presentó el día 19 de abril de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 13 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 363/2012 , dimanante del juicio de protección del derecho al honor nº 981/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 29 de abril de 2013 la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso de casación y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 8 de mayo de 2013, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. Jacobo Borja Rayón, en nombre y representación de D. Jesús Ángel se personó en el presente rollo como parte recurrente . Por medio de escrito presentado el día 9 mayo de 2013, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. Antonio Gómez de la Serna Adrada, en nombre y representación de D. Cesareo , se personó en el presente rollo como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jesús Ángel al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2, de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL .

  3. - De acuerdo con lo establecido en el art. 483.5 de LEC 2000 contra esta resolución no se dará recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Jesús Ángel contra la Sentencia dictada con fecha 13 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 363/2012 , dimanante del juicio de protección del derecho al honor nº 981/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL .

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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