SAP Barcelona 561/2013, 18 de Julio de 2013
Ponente | JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ |
ECLI | ES:APB:2013:11504 |
Número de Recurso | 899/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 561/2013 |
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Duodécima
ROLLO Nº 899/2012-A
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 CORNELLÁ DE LLOBREGAT
GUARDA Y CUSTODIA CONTENCIOSO NÚM. 224/2011
S E N T E N C I A Nº 561/2013
Ilmos. Sres.
DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
DON JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
DOÑA MYRIAM SAMBOLA CABRER
En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de julio de dos mil trece
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Guarda y custodia contencioso, número 224/2011 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Cornellá de Llobregat, a instancia de D. DON Aurelio, representado por el procurador D. JOSE LUIS CASTAÑON PUELL y dirigido por la letrada Dña. KOSETTE ALVAREZ PEON, contra DOÑA Encarnacion
, representada por la procuradora Dña. MARTA COLL SIRVENT y dirigida por el letrado D. MAXIMILIANO FERNANDEZ MARCEN; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de febrero de 2012, por el Juez del expresado Juzgado. Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal (IMPUGNANTE)
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ACUERDO:
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Se atribuye la guarda y custodia del menor Cecilio a la madre Encarnacion, manteniendo la potestad compartida de ambos progenitores.
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Se establece el siguiente régimen de visitas y comunicaciones de Aurelio con su hijo Cecilio :
B.1 El régimen de comunicaciones vía telefónica o por cualquier otro medio de comunicación no se regula, no estableciendo ninguna limitación a la posibilidad del Sr. Aurelio de llamar, escribir o comunicarse de cualquier forma con el menor.
B.2 En cuanto a las visitas, corresponderán al demandante las siguientes: 1. Los fines de semana alternos, desde la salida del centro escolar los viernes, debiendo ir el padre a recoger al menor al centro y reintegrarlo el lunes por la mañana al centro escolar a la hora de inicio de las clases;
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Un día intersemanal con pernocta, las tardes de los miércoles desde la salida del colegio al que irá a recogerlo, debiendo llevar a Cecilio el jueves por la mañana al centro escolar a la hora de inicio;
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Respecto de los periodos vacacionales, las vacaciones de verano se dividen en dos periodos: el primero desde el inicio de las mismas hasta el 1 de Agosto y el segundo desde el 1 de Agosto hasta el día que comiencen nuevamente las clases. El padre elegirá el periodo de disfrute los años pares y la medre los impares, debiendo comunicar su decisión al menos tres meses antes del inicio de las vacaciones. De corresponder al padre el primer periodo acudirá a recoger al menor a la salida del centro escolar el último día del curso y lo llevará al domicilio materno el 1 de Agosto a las 11:00 horas. De corresponderle el segundo periodo irá a recoger al menor el 1 de Agosto a las 11:00 horas al domicilio materno y el primer día de curso lo llevará al centro escolar a la hora de inicio de las clases.
Las vacaciones de Navidad se dividirán en dos periodos: el primero desde el inicio de las mismas hasta el 31 de Diciembre y el segundo desde el 31 de Diciembre hasta el día que comiencen nuevamente las clases. El padre elegirá el periodo de disfrute los años impares y la medre los pares, debiendo comunicar su decisión al menos un mes antes del inicio de las vacaciones. De corresponder al padre el primer periodo acudirá a recoger al menor a la salida del centro escolar el último día del curso y lo llevará al domicilio materno el 31 de Diciembre a las 11:00 horas. De corresponderle el segundo periodo irá a recoger al menor el 31 de Diciembre a las 11:00 horas al domicilio materno y el primer día decurso lo llevará al centro escolar a la hora de inicio de las clases.
Vacaciones de Semana Santa y/o semana blanca se dividirán por mitad entre ambos progenitores, correspondiendo al padre optar por el primer o segundo periodo los años impares y a la madre los años pares, debiendo comunicar el periodo elegido con al menor un mes de antelación al inicio de las vacaciones.
Los lunes o viernes festivos corresponderán al progenitor a quién corresponda el fin de semana, llevándose a cabo la...
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