ATS, 5 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Noviembre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Noviembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DON Luis Manuel , se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 1 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 177/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2061/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcobendas.

  2. - Por Diligencia de fecha 8 de marzo de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, y se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. Francisco J. Pomares Ayala, en nombre y representación de "CUARZO PRODUCCIONES S.L", presentó escrito con fecha 16 de mayo de 2013, personándose en concepto de recurrido; por escrito presentado en la misma fecha, el Procurador Don Raúl Sánchez Vicente, se personaba en nombre y representación de Doña Matilde , en concepto de parte recurrida. Mediante escrito presentado el 22 de mayo de 2013, el Procurador Don Pablo Domínguez Maestro, se personaba en nombre y representación de D. Luis Manuel , en concepto de parte recurrente. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Don Luis Manuel , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que, en su caso, formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de DON Luis Manuel , contra la Sentencia dictada, en fecha 1 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 177/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2061/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcobendas.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y al MINISTERIO FISCAL para que, en su caso, formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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