STSJ Canarias 786/2013, 10 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución786/2013
Fecha10 Mayo 2013

En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ, D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA y D. ÁNGEL MIGUEL MARTÍN SUÁREZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 740/2011, interpuesto por la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, frente a Sentencia 371/2010 del Juzgado de lo Social Nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 597/2007 en reclamación de Cantidad siendo Ponente el ILTMO. SR. D. ÁNGEL MIGUEL MARTÍN SUÁREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por Dña. Custodia, en reclamación de Cantidad siendo demandado la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, INSFORCA SERVICIOS Y FORMACION S.L. e INSFORCAN S.L. y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 25-6-2010, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

En fecha 5 de marzo de 2007, por el Juzgado de lo Social nº 8 de Las Palmas de GC se dictó sentencia, cuyo relato de hechos probados y fallo son del siguiente tenor:

Hechos probados

  1. ) La parte actora, DOÑA Custodia, mayor de edad, cuyas demás circunstancias constan, ha venido prestando servicios para las empresas INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL y para INFORCAN SL, como auxiliar administrativo, desde el 13.10.2003, y salario de 27,17 euros/día.

  2. ) La relación laboral entre actora y demandada se desarrolló mediante los siguientes contratos:

    - Contrato temporal de trabajo por obra o servicio suscrito entre actora y la empresa INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL en fecha 13/10/2003, por objeto "gestión y actualización de datos y seguimiento de los mismos para los diferentes contratos que tiene la empresa".

    - Contrato temporal de trabajo por obra o servicio suscrito entre actora e INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL en fecha 1 de marzo de 2005, por objeto "gestión de introducción, grabación y corrección de datos, archivo de documentación, objeto de los servicios externos ya sean administraciones públicas o empresas privadas contratadas por esta entidad hasta la finalización de los mismos".

    - Contrato temporal de trabajo por obra o servicio sucrito entre actora e INFORCAN SL el 3.07.2006, por objeto "servicios consistentes en la ordenación, clasificación, actualización, introducción y comprobación de datos del concurso convocatoria 2006 de los procedimientos seguidos en relación con el personal de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Canarias".

  3. ) INFORCAN SL e INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL, son la misma empresa, cuyo administrador es Don Roberto . Durante la vigencia de los contratos sucritos entre las citadas empresas y la actora, desarrolló esta sus funciones en la Consejería demandada.

  4. ) Con fecha 2 de enero de 2005, se celebró contrato menor administrativo de servicios entre CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS e INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL por objeto "introducción de datos, comprobación y seguimiento de los mismos".

  5. ) Con fecha 2 de enero de 2006, se celebró contrato menor administrativo de servicios entre CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS e INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL por objeto "introducción de datos, comprobación y seguimiento de los mismos".

  6. ) Con fecha 1 de septiembre de 2006, la Consejería demandada resolvió la adjudicación a la empresa INFORCAN SL el servicio consistente en "ordenación, clasificación, actualización, introducción y comprobación de datos del concurso convocatoria 2006 de los procedimientos seguidos en relación con el personal de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Canarias".

  7. ) Con fecha 4.10.2006, la actora interpuso papeleta de conciliación previa ante el Semac por derechos (cesión ilegal), celebrándose la comparecencia el 19.10.2006, resultando "sin avenencia". El 24.10.2006, se interpuso demanda ante los Juzgados de los Social de las Palmas.

  8. ) El 21.12.2006, la actora recibió comunicación de la empresa INFORCAN SL por la que se le manifestaba que el 31.12.2006 habría de finalizar la relación laboral. Con anterioridad, la actora nunca recibió comunicación de la extinción de los contratos suscritos con INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL.

  9. ) La actora no es ni fue representante de los trabajadores.

  10. ) Se celebró en tiempo y forma conciliación previa ante el Semac, sin ser posible la avenencia. Se interpuso en tiempo y forma reclamación administrativa previa.

    fallo

    Que estimando parcialmente la demanda formulada por DOÑA Custodia, contra CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS, INFORCAN SL, y contra INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL, debo declarar y declaro improcedente el despido de que ha sido objeto la actora con fecha de efectos al 31,12.2006, condenando solidariamente a INFORCAN SL e INFORCA SERVICIOS Y FORMACIÓN SL a que en el plazo de cinco días opte entre readmitir al trabajador o indemnizarle legalmente con la suma de TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS, y en ambos casos con abono de los salarios de tramitación, debiendo mantenerle en alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios, quedando absuelta CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS de los pedimentos de contrario.

SEGUNDO

En fecha 27 de diciembre de 2007 por la Sala de lo Social de TSJ de Las Palmas de GC se dictó sentencia, revocando la sentencia de instancia, declarando nulo el despido, condenando solidariamente a las codemandadas a la inmediata readmisión y en caso de discrepancia a la CCAA de Canarias. apreciando la existencia de cesión ilegal.

El salario diario correspondiente a la categoría de auxiliar administrativo de la CCAA de Canarias asciende a 35,03 euros.

TERCERO

En fecha 8 de mayo de 2007 se formuló reclamación previa, siendo desestimada.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: "ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Dña. Custodia contra las entidades Insforcan SL, Insforca Servicios y Formación SL y Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias CONDENANDO a las citadas entidades a abonar solidariamente a la actora la suma de MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA EUROS (1.925,70 euros) cantidad que devengará el oportuno interés legal. "

CUARTO

Contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente, señalándose para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta por Dan. Custodia, quien,...

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