SAP Huesca 175/2013, 27 de Septiembre de 2013

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:2013:354
Número de Recurso192/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución175/2013
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00175/2013

  1. Civil 192/2012 S270913.5U

Sentencia Apelación Civil Número 175

PRESIDENTE

GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

MAGISTRADOS

ANTONIO ANGÓS ULLATE

JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a veintisiete de septiembre de dos mil trece.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto el recurso de apelación planteado en los autos de juicio

sobre liquidación de consorcio conyugal (formación de inventario) número 278/2010 seguidos ante el Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Jaca. Prudencio los promovió, como demandante, dirigido por la letrada Altamira Gonzalo Valgañón y sin representación procesal en esta segunda instancia, contra Graciela, como demandada, defendida por el letrado José Manuel Sanz Goena y representada por el procurador Mariano Laguarta Recaj. Se hallan pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 192 del año 2012, e interpuesto por la demandada, Graciela . Es ponente de esta sentencia el Magistrado ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de primera instancia e instrucción, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 30 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

INMUEBLES

VIVIENDA sita en Panticosa, URBANIZACIÓN000, fase NUM000, escalera NUM001 en la planta de NUM002 que tiene una superficie útil de 96,60 metros cuadrados. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM003, folio NUM004, finca nº NUM005 . Se halla gravado con una hipoteca concertada con Multicaja .

PLAZA DE GARAJE . Uso y disfrute exclusivo de la plaza de garaje señalada con el nº NUM006 de la finca en la que se ubica la vivienda anterior. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaca, al tomo NUM007

, folio NUM008, finca nº NUM009 . Se halla gravada con una hipoteca concertada con Multicaja .

CUARTO TRASTERO . Uso y disfrute exclusivo del cuarto trastero nº NUM010 de la finca en la que se ubica la vivienda señalada. Inscrito en el Registro de la propiedad de Jaca al tomo NUM011, folio NUM012

, finca nº NUM013 . Se halla gravado con una hipoteca concertada con Multicaja .

LOCAL . Local 2ª del de edificio Ibón III, sito en Panticosa, de ciento cincuenta y cinco metros cuadrados, con nueve decímetros cuadrados. Se halla gravado con hipoteca a favor de Ibercaja .

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca al tomo NUM011, libre NUM014, folio NUM015, finca nº NUM016 .

PARCELA. Parcela de terreno nº NUM017 de mil ciento veintiuno metros cuadrados de superficie. Sobre la parcela descrita se halla ubicada una nave diáfana de planta rectangular de 420 metros cuadrados de superficie. Linderos: Linda por todos los puntos cardinales con la parcela nº NUM017 . Forma parte del denominado " POLÍGONO000 " que se ubica en la finca denominada " DIRECCION000 " sita en el término municipal de Hecho . Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaca.

CAMPOS, ubicados en el término municipal de Hecho :

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION002 ", de una hectáreas veinte áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM020, finca nº NUM021 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION003 ", de diez áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM012, finca nº NUM022 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION004 ", de una hectáreas quince áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM023, finca nº NUM024 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominada " DIRECCION005 ", de setenta áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM025, finca nº NUM026 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION002 ", de una hectáreas veinte áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, too NUM018, libro NUM019, folio NUM020

, finca nº NUM021 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION006 ", de veinte áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM027, finca nº NUM028 .

Campo de pastos en la partida " DIRECCION001 " denominado " DIRECCION007 ", de ochenta áreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Jaca, tomo NUM018, libro NUM019, folio NUM029, finca nº NUM030 .

Urbana. Borda en partida " DIRECCION001 " de una superficie de setenta metros cuadrados. Linda, norte, sur y este, monte de utilidad publica nº 256 y oeste, camino. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaca, al tomo NUM031, libro NUM014, folio NUM032, finca nº NUM033 .

NEGOCIO consistente en oficina de farmacia, sita en Panticosa, Local A-2 del edificio Ibón III.

MUEBLES

CUENTAS BANCARIAS. Sin pronunciamiento.

GANADERÍA . Incremento del valor y activo desde que consta la efectividad del matrimonio.

MUEBLES Y ENSERES de domicilio familiar, de la vivienda descrita al primer inmueble, según lo acordado por las partes en el acta de fecha 5 de julio 2010. VEHÍCULOS

.- Patfinder matricula NUM034

.- BMW matrícula .... THC

.- Furgoneta Jhon [sic] Deere

.- Empacadora New Holland

.- Encintadora Galliani

.- Tractor John Deere 3640

  1. PASIVO de la sociedad Consorcial

Préstamo hipotecario nº NUM035, concertado con Multicaja en proporción a lo efectivamente abonado por los cónyuges.

Préstamo contraído con Ibercaja para la adquisición del local de farmacia para cuya amortización quedan aproximadamente 40.000 de capital, en proporción a lo efectivamente abonado por los cónyuges.

Cuenta de crédito concertada con Ibercaja para el funcionamiento ordinario de la farmacia.

Cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad [...]>>.

TERCERO

Contra la anterior sentencia, la demandada, Graciela, interpuso recurso de apelación mediante la presentación del oportuno escrito, en cuya súplica interesó a esta Sala lo siguiente:

"[...] revocando parcialmente la sentencia recurrida estime las pretensiones de esta parte, en el siguiente sentido:

  1. ) DECLARANDO la existencia de nulidad de actuaciones con reposición de las mismas al momento procesal en que se produjo la falta, debiendo remitirse al Juzgado de Instancia para que dicte nueva sentencia en la que justifique el razonamiento jurídico que le ha llevado a concluir que el negocio de explotación ganadera no integra el patrimonio de la SOCIEDAD CONSORCIAL que formaron actor y demandada.

  2. ) Subsidiariamente y para el caso [de no ser] declarada la existencia de vicio causante de nulidad de las actuaciones, ACUERDE la inclusión como consorciales en el inventario de la sociedad formada por actor y demandada junto con los ya incluidos por el juez de instancia en la resolución recurrida los siguientes:

  1. ACTIVO:

  1. - Negocio de Carnicería y pescadería sito en la plaza del palacio nº 14 de Hecho (Huesca).

    Subsidiariamente y si el negocio de carnicería no se considera consorcial:

    1. Crédito del consorcio contra el Sr. Prudencio por el incremento del valor de su negocio privativo a costa del caudal común desde su adquisición en 1993 hasta el momento de la disolución del consorcio.

    2. Crédito del consorcio contra el Sr. Prudencio por el valor de la adquisición posterior del año 1993 de los siguientes elementos para la misma:

    - Dos vitrinas frigoríficas de carnicería y pescadería

    - Dos cámaras frigoríficas

  2. - Explotación ganadera 901 HU-435

  3. - Maquinaria

    - Arado de vertedera de tres cuerpos

    - Encintadora Galliani

    - Subsalador de 5 púas

    - Rodillo compactador

    - Rastra metálica plegable

    - Pinza hidráulica B) PASIVO.- Crédito personal suscrito para la adquisición del vehículo BMW y la deuda del consorcio con Dª Graciela por las cantidades pagadas por ella tras la disolución del consorcio.

    Con expresa imposición de las costas a quien se oponga a las legítimas pretensiones de esta parte".

CUARTO

El Juzgado tuvo por interpuesto el recurso y dio traslado a las otras partes para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable. En esa fase, el demandante, Prudencio, se opuso al recurso. Seguidamente, el Juzgado, tras emplazar a las partes por término de diez días, remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 192/2012. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el asunto quedara pendiente para deliberación, votación y fallo; y a tal fin señalamos el día de hoy.

En la tramitación de esta segunda instancia, no se han cumplido los plazos procesales por la atención prestada a otros asuntos pendientes ante este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. La demandada solicita en el primer motivo de su recurso la nulidad de actuaciones y su reposición a la primera instancia para que la nueva sentencia que se dicte exprese el razonamiento jurídico que le ha llevado a concluir que el negocio de explotación ganadera no integra el patrimonio de la sociedad consorcial que formaron actor y demandada. Aunque la apelante denuncia incongruencia en el título de dicho motivo, posteriormente califica el defecto procesal de falta de motivación.

  1. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (por ejemplo, la sentencia de 4 de diciembre de 2012 -ROJ: STS 8531/2012 -, junto con las sentencias allí citadas) enseña que "no cabe confundir la incongruencia con la falta de motivación -en la medida que el requisito de motivación de las sentencias no está comprendido en el apartado 1 del artículo 218 referido a la congruencia, sino en el apartado 2"-; que "para determinar si...

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