ATS, 1 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Octubre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a uno de Octubre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Juan Enrique presentó el día 22 de mayo de 2012 escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 17 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 5ª, con sede en Cartagena), en el rollo de apelación n.º 80/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 1461/2009 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de San Javier.

  2. - La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

  3. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª Mercedes Caro Bonilla en nombre y representación de D. Juan Enrique , como parte recurrente y el procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de la mercantil "Polaris World Real Estate", como parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Examinado el escrito de interposición, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Enrique dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso

  2. - Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.

  3. - De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Juan Enrique contra la sentencia dictada, el día 17 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 5ª, con sede en Cartagena), en el rollo de apelación n.º 80/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 1461/2009 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de San Javier.

  2. Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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