SAP Málaga 635/2011, 1 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución635/2011
Fecha01 Diciembre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº CUATRO DE TORREMOLINOS.

JUICIO ORDINARIO Nº 1.261 DE 2008.

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 453 DE 2010.

S E N T E N C I A Nº 635/11

Ilmos. Sres.

Presidente

D. Antonio Alcalá Navarro.

Magistrados:

D. José Javier Díez Núñez

Dª Soledad Jurado Rodríguez.

En la ciudad de Málaga, a uno de diciembre de dos mil once.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio Ordinario nº 1.261 de 2008 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Torremolinos sobre resolución contractual seguidos a instancias de Club Náutico Marítimo de Benalmádena representada en el recurso por el Procurador Don Ignacio Sánchez Díaz y defendida por el Letrado Don Juan Carlos Vila Marcos, contra Restaurante Náutico Benalmádena representada en el recurso por el Procurador Don José Luis Ramírez Serrano y defendida por el Letrado Don José Antonio Plasencia Rueda pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Torremolinos dictó sentencia de fecha 29 de octubre de 2009 en el juicio Ordinario nº 1.261 de 2008 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Que ESTIMANDO parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª. Mª Esther Rivas Martín, en nombre y representación a instancia de la entidad "Club Náutico Marítimo de Benalmádena", asistida por el letrado D. Juan Carlos Vila Marcos, contra la entidad "Restaurante Náutico Benalmádena, S.L.", representada por la Procuradora Dª. Olga del Castillo Yague y asistida por el letrado D. José Antonio Plasencia Rueda, sobre acción de resolución contractual y reclamación de cantidad, debo DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de cesión de explotación de los locales a que se refiere el objeto del contrato celebrado entre las partes en fecha 1 de marzo de 2001, sitos en el edificio Centro Náutico de Benalmádena, CONDENANDO a LA ENTIDAD "REST. NÁUTICO BENALMÁDENA S.L" a que los desaloje y deje a la libre y entera disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de su lanzamiento judicial si no la desaloja antes de día indicado para el lanzamiento y la parte demandante lo solicita en la forma prevenida en el artículo 549 de la LEC . SE CONDENA A LA ENTIDAD "REST. NÁUTICO BENALMÁDENA S.L." a que pague a la parte actora la suma principal de 142.458,44 euros, más los intereses legales moratorios reseñados en el fundamento de derecho sexto.

SE ABSUELVE a la entidad "REST. NÁUTICO BENALMÁDENA S.L" del resto de los pedimentos efectuados en su contra.

En cuanto a las COSTAS PROCÉSALES, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad. "(sic)

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se tuvo por preparada la apelación en virtud de escrito presentado por la Procuradora Dª Olga del Castillo Yagüe en nombre y representación de Restaurante Náutico Benalmádena S.L., que interpuso el recurso en plazo y forma, del que se dio traslado a la otra parte, presentado escrito de oposición al recurso, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni considerarse necesaria la celebración de la vista, previa deliberación de la Sala quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª Soledad Jurado Rodríguez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda declarando resuelto el contrato que unía a las partes de uno de Marzo de 2001 condenando a la demandada al pago de la cantidad reclamada en la demanda de 142.458,44 # al considerar que concurren los requisitos del artículo 1124 CC para que prospere la acción resolutoria, estando legitimada la actora para reclamar las cantidades adeudadas al establecer dicho precepto que el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en...

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