STSJ Comunidad de Madrid 255/2013, 12 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución255/2013
Fecha12 Julio 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2009/0120151

Procedimiento Ordinario 268/2009

Demandante: TELEFONICA ESPAÑA

PROCURADOR D./Dña. JUAN ANTONIO GARCIA SAN MIGUEL ORUETA

Demandado: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

Ponente Dª. Amparo Guilló Sánchez Galiano.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm.255

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Francisco de la Peña Elías

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

______________________________________

En la Villa de Madrid a doce de julio de dos mil trece.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 268/09, interpuesto por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre y representación de Telefónica España SA contra la desestimación presunta (posteriormente ampliado a la Resolución desestimatoria del Ilmo. Sr. Subsecretario de Industria, Turismo y Comercio -dictada en uso de facultades delegadas por el Excmo. Sr. Secretario de Estado de Energía - de 7 de mayo de 2010) del recurso de alzada entablado frente a la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Política Energética y Minas de 27 de junio de 2008, por la que se deniega la aplicación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, en el suministro a sus instalaciones de la calle Julián Camarillo 8 de Madrid. Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que, con anulación de las Resoluciones recurridas, declare su derecho al otorgamiento de la autorización del "servicio de interrumpibilidad " y se condene a la Administración, además del abono de las costas del pleito, a una indemnización por importe que resulte y se concrete en ejecución de sentencia.

SEGUNDO

El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda en escrito en el que postuló la desestimación del recurso, reproduciendo la fundamentación jurídica de la Resolución recurrida.

TERCERO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 13 de marzo de 2013, teniendo lugar.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Del expediente administrativo, de la documental obrante en autos y de las alegaciones de las partes, quedan acreditados los siguientes extremos de interés para la resolución de este pleito:

La actora, Telefónica de España SA, solicito en fecha 10 de junio de 2008, al amparo de la Orden ITC 2370/2007, de 26 de julio, autorización para la contratación del Servicio de Ininterrumpibilidad en el suministro de Energía en Mercado Libre, acompañando a dicha solicitud, Informe de idoneidad emitido por el Operador del Sistema (Red Eléctrica de España), en cuyo apartado 2.6: Actividad desarrollada, se dice textualmente: "...El consumidor Telefónica España SAU en Madrid, está constituido por un Centro de Proceso de Datos y oficinas. Se considera que esta actividad no está relacionada con la prestación de servicios básicos ni que la prestación del servicio de interrumpibilidad pueda provocar riesgos para la seguridad de las personas o de los bienes" y en el apartado 4, Valoración: "Como conclusión se considera...al consumidor Telefónica de España SAU en Madrid apto para la prestación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad...". Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 27 de junio de 2008 (confirmada en alzada) se denegó la autorización en aplicación del art....

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