SAP Cádiz 321/2012, 5 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución321/2012
Fecha05 Noviembre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. NUM. 321/12

PRESIDENTE:

Dª. MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

Dª Mª INMACULADA MONTESINOS PIDAL

D. MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE CÁDIZ

PA Nº 253/12

DIMANANTE DE LAS DP: 761/09

JUZGADO MIXTO Nº 1 DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA

ROLLO DE SALA Nº 140/12

En la Ciudad de Cádiz, a 5 de noviembre de 2012.

Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante D. Obdulio, parte apelada el MINISTERIO FISCAL y ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Cádiz, con fecha 24/07/12, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

    Que debo condenar y CONDENO a Obdulio como autor criminalmente responsable de una FALTA CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, una FALTA CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, un delito de RESISTENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD, un delito de ATENTADO A AGENTES DE LA AUTORIDAD, una falta de LESIONES y un delito de LESIONES, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas siguientes:

    Por la falta contra la propiedad intelectual la pena de MULTA DE TREINTA DIAS A RAZON DE CUOTAS DE CINCO EUROS POR UN TOTAL DE 150# CON QUINCE DIAS DE PRISIÓN SUSTITUTORIA EN CASO DE IMPAGO O INSOLVENCIA. Asimismo procede la destrucción de los soportes intervenidos.

    Por la falta contra la propiedad industrial la pena de MULTA DE TREINTA DIAS A RAZON DE CUOTAS DE CINCO EUROS POR UN TOTAL DE 150# CON QUINCE DIAS DE PRISIÓN SUSTITUTORIA EN CASO DE IMPAGO O INSOLVENCIA. Asimismo procede la destrucción de las prendas intervenidas. Por el delito de resistencia a agentes de la autoridad la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO.

    Por el delito de atentado a agentes de la autoridad la pena de UN AÑO DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO.

    Por la falta de lesiones la pena de MULTA DE TREINTA DIAS A RAZON DE CUOTAS DE CINCO EUROS POR UN TOTAL DE 150# CON QUINCE DIAS DE PRISIÓN SUSTITUTORIA EN CASO DE IMPAGO O INSOLVENCIA.

    Por el delito de lesiones la pena de MULTA DE SEIS MESES A RAZON DE CUOTAS DE CINCO EUROS POR UN TOTAL DE 900# CON NOVENTA DIAS DE PRISIÓN SUSTITUTORIA EN CASO DE IMPAGO O INSOLVENCIA.

    ASIMISMO DEBO CONDENAR Y CONDENO a Obdulio a indemnizar a SGAE en 301,92 a AGEDI en 807,94# y a ADIVAN y EGEDA 1845#, a las entidades RALPH LAUREN, LACOSTE, LA MARTINA y BRUBERRY en la suma en que en ejecución de sentencia se tasen los perjuicios sufridos por las marcas por la acción del acusado.

    Asimismo habrá de indemnizar al P.N. NUM000 en 210# y al G.C. NUM001 en 1.950#.

    Condeno en costas al acusado.

    DENIEGO A Obdulio la suspensión de las penas de prisión impuestas en esta causa.

  2. - Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del acusado, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente, quedando el recurso visto para sentencia.

  3. - En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales, salvo el plazo para sentenciar por la atención a asuntos penales preferentes.

    HECHOS PROBADOS

    UNICO .- Se admiten los hechos declarados como probados en la Sentencia recurrida, que son del siguiente tenor literal:

    "Sobre las 12,00 horas del día 22/8/09 el acusado Obdulio Senegalés, mayor de edad y condenado en sentencia de 25/4/05 por delito contra la propiedad intelectual que a pena que se le suspende el 22/2/10 por dos años, se hallaba en la calle Ramón y Cajal de la localidad de Sanlucar de Barrameda, vendiendo discos compactos y dvds que resultaron ser falsificaciones de los originales copiadas sin consentimientos de los poseedores de los derechos de propiedad intelectual. Al acusado se le hallaron 272 CDS y 123 DVDs, estando tasados los perjuicios producidos a SGAE en 301,92 a AGEDI en 807,94# y a ADIVAN y EGEDA 1845#, no constando probado que el beneficio que el acusado fuera a obtener de dicha venta supere los 400#.

    Sorprendido el acusado por agentes de la policía nacional mientras estaba vendiendo dicha mercancía y a fin de intentar escapar del lugar sin ser detenido, lanzó al agente P.N. NUM000 una mochila donde portaba parte de los CDS intervenidos y comenzó a correr, siendo alcanzado y sujetado metros más allá, forcejeando con el agente para intentar escapar y que no se le esposara manoteando insistentemente. Consecuencia del forcejeo el agente mencionado se golpeó con una pared causándole lesiones leves consistentes en una pequeña excoriación en rodilla derecha que curó sin necesidad de asistencia en siete días sin impedimento alguno.

    El 24/8/09 sobre las 23,00 horas el acusado Obdulio se hallaba en la confluencia entre las calles Ramón y Cajal y Bolsa de Sanlucar de Barrameda, teniendo expuestas para su venta 42 ventas con marcas falsificadas semejantes a las originales, así portaba 11 polos...

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