STSJ Comunidad de Madrid 349/2013, 13 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución349/2013
Fecha13 Mayo 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 783-12

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: CANTIDAD

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 18 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 684-10

RECURRENTE/S: Alvaro

RECURRIDO/S: AZAHAR SA

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a trece de Mayo de dos mil trece

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 783-12 interpuesto por el Letrado ALBERTO SANCHO LEON en nombre y representación de Dº Alvaro, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 18 de los de MADRID, de fecha 11.4.11, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 684-10 del Juzgado de lo Social nº 18 de los de Madrid, se presentó demanda por Dº Alvaro, contra, AZAHAR SA, FLETAMENTOS MARITIMOS S.A en reclamación de CANTIDAD, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 11.4.11 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Aprecio la falta de legitimación pasiva de FLETAMENTOS MARITIMOS, S.A.

Desestimo la excepción de incompetencia de jurisdicción invocada por AZAHAR, S.A y desestimo la demanda formulada por D. Alvaro frente a AZAHAR, S.A".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

D. Alvaro consta de alta en Seguridad Social en la empresa AZAHAR, S.A desde 25 de mayo de 2000 hasta 23.3.2010.

En FLETAMENTOS MARITIMOS, S.A, se le dio de alta el 1.3.1990 en el Instituto social de la marina y baja el 22 de abril de 2008 (folios 266 y 267).

En la empresa ORIENTAL PLAYA, S.A desde 1 de abril de 2002 hasta 6 de abril de 2010.

SEGUNDO

El actor interpuso demanda por despido en mayo de 2010 frente a ORIENTAL PLAYA,

S.A, se declaró improcedente por sentencia del Juzgado de lo Social nº 18.

Y en fecha 10 de mayo de 2010 interpuso demanda por despido frente a AZAHAR, S.A y se declaró nulo por sentencia de 27 de septiembre de 2010, consta categoría de encargado y salario mensual con prorrata de pagas de 9.284,70 euros.

Se ha interpuesto recurso de queja por AZAHAR, S.A al tener por anunciado el recurso de suplicación por no consignar los salarios de tramitación y no concederse plazo para subsanar la falta de consignación.

TERCERO

Interpuso en diciembre de 2009 demanda frente a FLETAMENTOS MARITIMOS, S.A y se llegó a conciliación ante el Juzgado de lo social nº 34 de Madrid el 17 de mayo de 2010. El actor reclamaba los salarios de marzo y abril del año 2008. Alegaba que el salario mensual era de 5.397,75 euros (folio 273).

CUARTO

AZAHAR, S.A tiene su domicilio en c/ La Valldigna nº 11 -Playa de Gandía, y como actividad hoteles, moteles, hostales, etc. (folio 56).

Es propietaria de hoteles y el actor, en representación de AZAHAR, S.A, ha arrendado el hotel a otra empresa y ha suscrito contrato para las reformas de la misma.

QUINTO

El actor tenía poderes de AZAHAR, S.A (folios 132 a 139).

Al actor se le nombra Consejero de AZAHAR, S.A en la Junta de 26.6.2004 (folio 152), y en la Junta de 1 de julio de 2008 se acordó su cese como Consejero (folios 169 a 177) y la revocación de poderes se acordó el 21 de julio de 2008 (folios 188 a 201).

SEXTO

El 3 de julio de 2008, D. Florencio como Presidente del Consejo de Administración de Hoteles Jeresa envía al Hotel Club Europa un fax informando que D. Alvaro ha sido separado de la dirección y gerencia del hotel. Se da por reproducido el folio 203.

La propietaria del Hotel Club Europa es AZAHAR, S.A D. Alvaro, el 29 de noviembre de 2007, en representación de AZAHAR, S.A, contrató con una empresa una obra a realizar en el citado hotel (folios 205-213).

D. Alvaro, en representación de AZAHAR, S.A, en marzo de 2002 suscribe contrato de arrendamiento de hoteles de los que es titular la empresa (folio 252) y firma actualizar la renta que por el arrendamiento del hotel abonará Hoteles Jeresa a AZAHAR, S.A (folio 221).

El actor, en representación de AZAHAR, S.A, suscribió en enero de 2005 contrato para reformar el hotel Club Europa en Calvia.

SEPTIMO

El 1 de julio de 2008, se eleva a documento público el acuerdo de la Junta de Accionistas de AZAHAR, S.A de 24.6.2008 con la asistencia del 51,25% del capital social por el que cesan como Consejeros varias personas, entre ellas el actor, se reeligen como Consejeros algunos de los cesados. No se reelige al actor (folio 70 a 80).

Acudieron a la Junta los siguientes socios de AZAHAR, S.A: PAON, B.V (19,95%), CARAN, BV, (19,95%), WIGRO, B.V (9,75%), INVERSIONES MOBILIARIAS Y DESARROLLO, S.A (1,6%).

OCTAVO

En la Junta de accionistas de FLETAMENTOS MARITIMOS, S.A, celebrada en Ceuta el

23.6.2008, se nombra nuevo consejero con el voto en contra del actor (0,02%), (folios 83 a 88).

FLETAMENTOS MARITIMOS, S.A se dedica al transporte marítimo.

NOVENO

El actor interpuso denuncia frente a distintos socios de MENCI, SA y concretamente también frente a sus hermanos Florencio y Vanesa por querer liquidar la sociedad a espaldas del actor que es Presidente de la misma.

El actor, el 14 de julio de 2008, amplía la denuncia y hace constar en la misma que D. Florencio y Dª Vanesa han intentado "presionar al denunciante para que retirada su denuncia, tomando represalias directas por vía de privarle paulatinamente de todos los cargos en diversas sociedades y promoviendo deliberadamente y sin justa causa el cese en sus cargos de Consejero en distintas sociedades controladas por los denunciados, así como la baja en la seguridad social y la retención de nóminas en aquellas sociedades de las que percibía un salario" (folio 121).

Se dan por reproducidos los folios 119 a 121.

DECIMO

A la calle Antonio Maura nº 16 acudían todos los miembros de la familia Vanesa Florencio Alvaro (accionistas de distintas empresas).

El actor, en el año 2009, acudió en escasas ocasiones a este domicilio y, cuando lo hacía, escasamente estaba 15 minutos.

Con anterioridad al año 2009, el horario del actor era de 9 a 14 h y de 16 a 19 h y realizaba en C/ Antonio Maura simultáneamente las actividades para AZAHAR, SA y ORIENTAL PLAYA y para FLETAMENTOS MARITIMOS, SA.

DECIMO

PRIMERO. Durante el año 2009, AZAHAR, S.A practicó retenciones fiscales por cuenta del actor como si le abonase realmente el salario pero nunca trabajó de manera efectiva para esta empresa durante el año 2009.

DECIMO

SEGUNDO.- Consta en el borrador del...

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