SAP Alicante 118/2013, 21 de Febrero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 118/2013 |
Fecha | 21 Febrero 2013 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN TERCERA
ALICANTE
PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4
Tfno: 965935965-7
Fax: 965935980
NIG: 03014-37-1-2011-0004040
Procedimiento: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº 000120/2011- - Dimana del Nº 000369/2007
Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE BENIDORM
Instructor Nº 4 de Denia
SENTENCIA Nº 000118/2013
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
JOSÉ DANIEL MIRA PERCEVAL VERDÚ
Magistrados/as
Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZ
FRANCISCA BRU AZUAR
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En Alicante, a veintiuno de febrero de dos mil trece
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 418/10, de fecha 18 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Benidorm, en su Juicio Oral núm. 369/07, correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 45/04 del Juzgado de Instrucción de Denia nº 4, por delito DAÑOS ; Habiendo actuado como parte apelante Alonso, representado por la Procuradora Dª Mª Engracia Abarca Nogues y dirigido por el Letrado D. Santiago Camara Acosta y, como parte apelada Ruth, representado por el Procurador D. Juan Fernández de Bobadilla y Moreno y dirigido por el Letrado
D. Miguel Galvez Álvarez; y el MINISTERIO FISCAL.
Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "Ha resultado probado y así se declara expresamente que el acusado D. Alonso, el día 26 de abril de 2003, sobre las 11;00 horas, el acusado, con ánimo de destruir la propiedad ajena y cabalgando a lomos de un caballo, procedió a embestir la valla metálica que rodeaba la parcela sita en el Pológno 11 de la Partida del Pinar de la localidad de Parcent, propiedad de Ruth, finca colindante con la del acusado, causando desperfectos a lo largo de quince metros de la valla así como en los cimientos de la misma, habiéndose tasado pericialmente los daños en la cantidad de 758 euros.
El día 30 de abril del año 2003 sobre las 13:00 horas, el acusado, actuando con idéntico ánimo y haciendo uso de un camión pluma modelo Ateco, matrícula ....-HVP, causó daños en el cercado de la finca de Ruth que se han tasado pericialmente en la cantidad de 1.288 euros.
El día 27de agosto de 2003, sobre las 09:30 horas, el acusado con idéntico ánimo, haciendo uso de un caballo, causó daños en el vallado metálico propiedad de Ruth, habiéndose tasado los daños pericialmente en la cantidad de 1.068 euros.
La perjudicada reclama por todos estos hechos." HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.
El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a
D. Alonso como autor penalmente responsable de un delito continuado de daños del art. 263 del Código Penal, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 7 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, en total 1260 euros con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del
C.P . para el caso de impago y a que en vía de responsabilidad civil indemnice a Dª. Ruth en la cantidad de
3.108 euros con los intereses legales y al pago de un tercio de las costas procesales."
Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por el apelante, se interpuso el presente recurso alegando: prescripción del delito y error en la apreciación de la prueba.
Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a la deliberación y votación de la presente sentencia el pasado día 21 de febrero de 2013.
En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente...
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SAP Alicante 515/2013, 7 de Octubre de 2013
...que, en general las colisiones por alcance que producen lesiones típicas constituyen imprudencia punible. Así por ejemplo, las Ss AP Alicante de 21-2-2013, 20-11-2012, 17-12-2012 o 17-1-2012, y las de la AP Valencia de 10-12-2012 y 13-4-2012, entre otras Por todo ello, hemos de confirmar la......