STSJ Comunidad Valenciana 1400/2013, 11 de Junio de 2013

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2013:2517
Número de Recurso3138/2012
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1400/2013
Fecha de Resolución11 de Junio de 2013
EmisorSala de lo Social

1 R.C.sent.mº 3138/12

RECURSO SUPLICACION - 003138/2012

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. FRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. INMACULADA LINARES BOSCH

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. CARMEN LOPEZ CARBONELL

En Valencia, a once de junio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1400/13

En el RECURSO SUPLICACION - 003138/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 septiembre 2012, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 16 DE VALENCIA, en los autos 001378/2011, seguidos sobre MINUSVALÍA, a instancia de Olga, representada por la letrada Gemma Martínez, contra CONSELLERIA BIENESTAR SOCIAL, y en los que es recurrente Olga, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO:Desestimando la demanda formulada por Olga contra la GENERALIDAD VALENCIANA, CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL, absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes:1.-Por resolución de fecha 24 de abril de 2009 de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social se reconoció a la actora la condición de minusválida con un grado de minusvalía de 35% (grado de discapacidad global de 33% más 2 puntos por factores sociales complementarios), en cuya resolución se hizo constar como fecha de caducidad técnica del reconocimiento la de 21 de abril de 2011. A la resolución se acompañaba el preceptivo Dictamen Técnico-Facultativo de valoración del grado de disminución, en el que constan los siguientes datos:Dictamen: Dña. Olga, DNI NUM000, nacida el NUM001 -1958, en el momento del reconocimiento presenta:1ºENFERMEDAD DE SANGRE Y ORGANOS HEMATOPOYETICOS por N. DE MAMA de etiología TUMORAL.2º ENFERMEDAD DEL SISTEMA ENDOCRINO-METABOLICO por HIPOTIROIDISMO de etiología IATROGÉNICA.2.- La Dirección General de Integración Social de Discapacitados de la Dirección Territorial de la Consellería de Bienestar Social tramitó expediente de revisión de grado de Minusvalía, en el que se emitió por el Equipo de Valoración y Orientación del Centro Base de Valencia Dictamen Técnico Facultativo de valoración del grado de disminución, en el que constan los siguientes datos:Dictamen: Dña. Olga, DNI NUM000, nacida el NUM001 -1958, en el momento del reconocimiento presenta:1º LIMITACION FUNCIONAL EN M.S.I. por N. DE MAMA de etiología IATROGÉNICA. 2º ENFERMEDAD DEL SISTEMA ENDOCRINO-METABOLICO por HIPOTIROIDISMO de etiología IATROGÉNICA 3º ENFERMEDAD DE SANGRE Y ORGANOS HEMATOPOYETICOS por N. DE MAMA de etiología TUMORAL. Correspondiéndole por estos conceptos un grado de las limitaciones en la actividad de 15%, sin factores sociales complementarios.3.- La Dirección Territorial de la Consellería de Bienestar Social dictó resolución en fecha 8 de agosto de 2011 reconociendo a la actora un grado total de discapacidad de 15%, categoría física, desde 22 de junio de 2011 y validez definitiva, por haberse modificado el grado que tenía reconocido. 4.- Contra la anterior resolución interpuso la actora reclamación previa, que fue desestimada por resolución de 14 de noviembre de 2011. En fecha 26 de diciembre siguiente se presentó demanda en el Decanato de los Juzgados de Valencia, que correspondió por reparto a este Juzgado de lo Social.5.- La actora fue diagnosticada en el año 2003 de carcinoma ductal infiltrante de mama izquierda. Se realizó tumorectomía más linfadenectomía axilar y recibió tratamiento coadyuvante con quimioterapia y radioterapia. En seguimiento y control desde entonces en el Servicio de Oncología del Hospital Clínico de Valencia. En la actualidad se halla libre de enfermedad oncológica, presentando buen aspecto estético de mama izquierda. Como limitaciones funcionales, presenta ligera molestia a nivel de la axila izquierda y limitación a la movilidad en últimos grados del miembro superior izquierdo, refiriendo parestesias en ese miembro. No edema ni pérdida de fuerza.Presenta asimismo hipotiroidismo primario autoinmune que pudo verse agravado por el tratamiento con radioterapia. En tratamiento con eutirox, sin que conste repercusión funcional.

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante Olga . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Se recurre por la representación Letrada de doña Olga, la sentencia de instancia que desestimó la demanda presentada contra la resolución administrativa dictada el 8 de agosto de 2011 por la Consellería de Bienestar Social de la Generalidad Valenciana, confirmada...

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