STSJ Cataluña 4015/2013, 6 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4015/2013
Fecha06 Junio 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

mi

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 6 de junio de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 4015/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Incasol frente al Auto del Juzgado Social 19 Barcelona de fecha 26 de noviembre de 2012 dictado en ejecución de sentencia en el procedimiento nº 417/2011 y siendo recurrido Abelardo, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fase de ejecución de sentencia y en fecha 5 de octubre de 2012 se dictó auto por el citado Juzgado de lo Social, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"EJECÚTESE definitivamente la sentencia dictada en las presentes actuaciones, requiriendo al INCASOL a fin de que reponga a D. Abelardo en el puesto y funciones desempeñadas en un plazo máximo de 3 días, con nulidad de los actos posteriores dirigidos a impedir el cumplimiento de la sentencia, apercibiéndose que, en caso de no proceder a la readmisión o no hacerlo en debida forma, se adoptarán las medidas sancionadoras necesarias para lograr la efectividad de lo acordado, con expresa advertencia a la persona física responsable de ordenar el cumplimiento de la posibilidad de incurrir en responsabilidad por desobediencia a la autoridad judicial.

Remítase testimonio de la presente resolución a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justícia de Cataluña, para su constancia, en relación a los autos 36/2012 seguidos ante dicha Sala."

SEGUNDO

Contra dicho auto interpuso recurso de reposición la parte demandada y dándose traslado a la contraria que impugnó, se resolvió por auto de fecha 26 de noviembre de 2012 .

TERCERO

Contra dicha resolución anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de suplicación se interpone contra el auto (de 26.11.2012 ) que, desestimando el previo de reposición, confirma el anterior que acordaba la ejecución de la sentencia que declaró la nulidad del despido y ordenaba su readmisión.

En su impugnación del recurso el trabajador ha interesado la inadmisión del recurso porque en la empresa renunció al derecho a recurrir ante el Juzgado de lo Social nº 12 de Barcelona, en los autos 672/2012, iniciados con la demanda en que el trabajador interesaba la extinción de su relación laboral. Allí, mediante escrito presentado el 25.10.2012, la empresa manifestó que renunciaba a plantear este recurso de suplicación, solicitaba que se alzara la suspensión y que, por allanarse a tal demanda de extinción de su empleado, se dictara sentencia de conformidad con las peticiones de este.

Sin embargo, no procede acceder a tal solicitud puesto que el trabajador, ante dicha actuación a favor de su interés o pretensión de extinguir su contrato, este, el trabajador, desistió de su demanda. Valorada esta junto con las restantes actuaciones procesales cuyas copias que obran en las actuaciones, no procede acceder a la petición de inadmisibilidad del recurso puesto que en ambas partes se advierte una actuación torticera, viciada por la búsqueda de un fin ajeno al propio del acto procesal concretamente realizado en cada caso, con relación a...

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