SAN, 8 de Julio de 2013

PonenteJAVIER BERMUDEZ SANCHEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2013:3334
Número de Recurso181/2010

SENTENCIA

Madrid, a ocho de julio de dos mil trece.

Visto el presente recurso contencioso administrativo número 181/2010 interpuesto ante esta Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, por el Procurador D. Mariano Cristóbal López, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Guardia de Jaén, contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 9 septiembre 2009 de la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos del Ministerio de Fomento por la que se comunica el acuerdo de la Comisión mixta entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español a través del 1% cultural, en su reunión de fecha 2 julio 2009, acta LVI, archivar el expediente para la restauración del Alcázar y obras de emergencia en el recinto del Castillo en La Guardia (Jaén), recurso posteriormente ampliado contra la Resolución de la Dirección General de Relaciones Institucionales del Ministerio de Fomento de 5 abril 2010, por la que resuelve inadmitir a trámite el recurso de reposición interpuesto contra la comunicación de fecha 9 septiembre 2009 de la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos referida al archivo decretado, y en cuanto al eventual carácter de requerimiento del escrito presentado, confirmar dicha actuación administrativa por ser conforme a derecho, en el que la Administración demandada ha estado dirigida y representada por el Abogado del Estado. La cuantía del presente recurso ha sido establecida como indeterminada.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER BERMUDEZ SANCHEZ, Magistrado de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpone el 11 marzo 2010 por la representación procesal del Ayuntamiento de La Guardia de Jaén, contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 9 septiembre 2009 de la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos del Ministerio de Fomento por la que se comunica el acuerdo de la Comisión mixta entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español a través del 1% cultural, en su reunión de fecha 2 julio 2009, acta LVI, archivar el expediente para la restauración del Alcázar y obras de emergencia en el recinto del Castillo en La Guardia (Jaén), recurso posteriormente ampliado contra la Resolución de la Dirección General de Relaciones Institucionales del Ministerio de Fomento de 5 abril 2010, por la que resuelve inadmitir a trámite el recurso de reposición interpuesto contra la comunicación de fecha 9 septiembre 2009, y en cuanto al eventual carácter de requerimiento del escrito presentado, confirmar dicha actuación administrativa por ser conforme a derecho.

SEGUNDO

Presentado el recurso, se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado de todo ello al actor para que formalizara la demanda, que verificó por escrito de fecha 29 noviembre 2010, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia con los pronunciamientos siguientes:

"1. Se acuerde no ser ajustada a derecho la Resolución de fecha 5 abril 2010 dictada por la Dirección General de Relaciones Institucionales del Ministerio de Fomento por la que se inadmite a trámite el recurso de reposición interpuesto por el excelentísimo Ayuntamiento de La Guardia de Jaén con fecha 7 octubre 2009 frente al acto administrativo dictado con fecha 9 septiembre 2009 por la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos del Ministerio de Fomento, debiendo acordarse procedente su admisión a trámite, con las consecuencias procesales que le son propias.

"2. Se acuerden no ser ajustado a derecho el acto administrativo de fecha 9 septiembre 2009 dictado por la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos del Ministerio de Fomento, que conforme la Comisión mixta del 5º Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español a través del 1% cultural, en su reunión de fecha 2 julio 2009 (acta LVI), acuerda archivar el expediente seguido a instancia del excelentísimo Ayuntamiento de La Guardia de Jaén para la financiación del proyecto de restauración del alcázar y obras de emergencia en el recinto del Castillo en La Guardia (Jaén), con cargo al 1% cultural, y en consecuencia:

"A) se acuerde el derecho a que la solicitud de ayuda de financiación con cargo a los fondos del 1% cultural para la restauración del alcázar y obras de emergencia en el recinto del Castillo de La Guardia de Jaén, y que cumple con los requisitos de finalidad del artículo 68 de la Ley 16/1985, así como los establecidos en la Orden CUL/596/2005, se mantenga elevada a la Comisión mixta, Ministerio Fomento-Ministerio Cultura, mientras mantenga dichos requisitos para su estudio y valoración en función de los criterios de prioridad establecidos referida Orden CUL/596/2005 y mientras exista la posibilidad de disponibilidad presupuestaria.

"B) Que subsidiariamente se acuerde retrotraer las actuaciones hasta el acuerdo de la Comisión mixta del 5º Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español a través del 1% cultural, en su reunión de fecha 2 julio 2009 (acta

LVI), que trae causa de la resolución de fecha 9 septiembre 2009 dictado por la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos del Ministerio de Fomento, debiendo dictarse nueva resolución por la que con carácter previo a la oportuna resolución definitiva, se conceda el trámite de audiencia a la interesada conforme al artículo 84 de la Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común .

"C) Que subsidiariamente se acuerde retrotraer las actuaciones hasta el acuerdo de la Comisión mixta del 5º Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español a través del 1% cultural, en su reunión de fecha 2 julio 2009 (acta

LVI), que trae causa de la Resolución de fecha 9 septiembre 2009 dictada por la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y proyectos del Ministerio de Fomento, debiendo dictarse nueva resolución motivada en la que se establezcan las circunstancias concretas, claras y precisas de las que se desprendan los criterios utilizados para la aplicación del 1% cultural, así como su concreta dedicación a determinadas actuaciones en perjuicio de la financiación de la restauración del alcázar y obras de emergencia en el recinto del castillo de La Guardia (Jaén), así como el por qué no se mantiene dicha actuación pendiente de disposición presupuestaria, mientras exista presupuesto, y siga reuniendo los requisitos de finalidad del artículo 68 de la Ley 16/1985 para el acceso a dicha financiación. Y todo ello, si procede, con imposición de costas procesales a la parte demandada".

TERCERO

El Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado el 4 abril 2011, alegando los hechos y fundamentos que estimó oportunos, solicitó se dictara sentencia en la que se desestimara el recurso contencioso-administrativo por ser conforme a Derecho el acto recurrido.

CUARTO

Habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del procedimiento, se practicó la propuesta, con el resultado que obra en la causa, y, evacuado trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos, señalándose para votación y fallo el día 19 junio 2013, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se dirige el presente recurso contra las resoluciones referidas en el Antecedente de Hecho primero.

Consta en los fundamentos de la comunicación del Subdirector General de 9 septiembre 2009, que la Comisión mixta "ha tomado el acuerdo de archivar el expediente dado que se trata de una solicitud del año 2006 y desde dicha fecha se ha presentado sucesivamente a las reuniones de la Comisión mixta y no ha sido posible acceder a su financiación en base a los criterios de prioridad establecidos en la Orden CUL/596/2005".

Asimismo consta en la Resolución de la Dirección General de Relaciones Institucionales de 5 abril 2010, que en diciembre de 2001 se presentó el proyecto inicial para la "restauración del alcázar y obras de emergencia en el recinto del Castillo". Más adelante, el 15 noviembre 2002 se presentó la documentación restante referida al proyecto. Según el acta de la reunión XXXVII de la Comisión mixta de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español, de fecha 17 julio 2002, "se acuerda ratificar esta actuación sobre un importe total de 1.600.000 euros. El Ministerio de Fomento financiará por inversión el 50% de la actuación, 800.000 euros en tres ejercicios presupuestarios, en colaboración con el Ayuntamiento de La Guardia quien aportará el 50% restante". Esta financiación queda condicionada a la entrega por el Ayuntamiento de informe favorable de la Comisión Provincial de patrimonio histórico-artístico.

Asimismo consta en la misma que tras numerosas reuniones y correcciones, en mayo de 2004 se presentó el proyecto definitivo, el cual asciende a 799.474,88 euros. Se publicó la Orden CUL/596/2005, de 28 febrero, y el Ayuntamiento de La Guardia envió al Ministerio de Fomento una nueva petición de financiación de la obra por medio de escrito registrado el 6 febrero 2006.

En la citada Resolución consta que la Comisión mixta es un grupo de trabajo que...

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