Orden CUL/596/2005, de 28 de febrero, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Interministerial para la coordinación del uno por cien cultural, por el que se adoptan los criterios de coordinación de la gestión del uno por cien cultural.

MarginalBOE-A-2005-4213
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/596/2005, de 28 de febrero, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Interministerial para la coordinación del uno por cien cultural, por el que se adoptan los criterios de coordinación de la gestión del uno por cien cultural.

La Comisión Interministerial para la coordinación del uno por cien cultural, en su reunión de 29 de diciembre de 2004, adoptó un acuerdo sobre los requisitos que debe cumplir toda propuesta que solicite financiación a cargo del uno por cien cultural, la documentación que debe presentarse, así como sobre los criterios de priorización que se tendrán en cuenta para seleccionar, de las propuestas presentadas, las que finalmente tendrán acceso a esta financiación.

Para su general conocimiento, se dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente Orden.

Madrid, 28 de febrero de 2005.

CALVO POYATO ANEXO

El artículo 68.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dispone que en el presupuesto de cada obra pública, financiada total o parcialmente por el Estado, se incluirá una partida equivalente, al menos, al uno por cien de los fondos que sean de aportación estatal con destino a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español o de fomento de la creatividad artística, con preferencia en la propia obra o en su inmediato entorno.

Asimismo, el artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español dispone, en su párrafo tercero, que el organismo público responsable de la obra manifestará en el proyecto que presente ante el Comité de Inversiones Públicas para la elaboración del Plan trienal de inversiones públicas, o ante el Ministerio de Cultura cuando no se haya presentado el proyecto de la obra a dicho Comité, la opción que elige para el destino de los fondos correspondientes al uno por cien.

Por Real Decreto 1893/2004, de 10 de septiembre, secreó la Comisión Interministerial para la coordinación del uno por cien cultural, con la finalidad de coordinar la gestión del uno por cien de los fondos que en cada obra pública, financiada total o parcialmente por el Estado, se deban destinar a lafinanciación de los trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español o de fomento de la creatividad artística. La Comisión, adscrita al Ministerio de Cultura, y...

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