SAP Córdoba, 22 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Julio 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA SECCIÓN 3ª ROLLO TRIBUNAL DEL JURADO 1/2013

SENTENCIA Nº

En Córdoba, a veintidós de julio de dos mil trece.

HECHOS

PROBADOS

De conformidad con el veredicto del Jurado, se declaran probados los siguientes hechos (apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19 -apartados b, c, d-y 20 del objeto del veredicto):

Cuando en el mes de septiembre de 2011 Penélope le comunicó a su entonces marido, el acusado Ismael , que tenía voluntad de terminar su matrimonio y quedarse a vivir en Huelva con los hijos de ambos, María Purificación , de 6 años de edad (nacida el NUM000 de 2005), y Pablo , de 2 años de edad (nacido el NUM001 de 2009), el acusado concibió la idea de dar muerte a los niños -sus hijos-, como venganza contra su esposa, dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura matrimonial, su personalidad refractaria a la frustración y su carácter rencoroso.

Para ejecutar dicho plan, el acusado decidió que el lugar más adecuado sería una finca de sus padres, sita en el POLÍGONO000 de la ciudad de Córdoba, que comprende las parcelas números NUM002 , NUM003 y NUM004 del camino pecuario de la parcelación; así como que la fecha adecuada sería el 8 de octubre de 2011, aprovechando que ese fin de semana estaría con los niños conforme al acuerdo al que había llegado al efecto con su esposa, negándose para ello a una alteración de fechas que le fue propuesta posteriormente.

Con dicha finalidad, comenzó una serie de preparativos. Así, aprovechando que un médico psiquiatra que ya lo había tratado años antes y con quien había consultado recientemente le había recetado unos medicamentos tranquilizantes - un ansiolítico y un antidepresivo-, denominados "Orfidal" y "Motivan", Ismael los compró el 29 de septiembre de 2011 en una farmacia de esta ciudad de Córdoba para, una vez llegado el momento, poder adormecer e incluso matar a sus hijos con toda facilidad.

Asimismo, con la intención de, una vez ejecutada su acción letal, hacer desaparecer los cuerpos de sus hijos, entre el 15 de septiembre y el 7 de octubre de 2011, el acusado hizo acopio de leña en la parcela -que visitó en diversas ocasiones e incluso en la que llegó a dormir alguna noche-y adquirió combustible (gasóleo) en grandes cantidades en la gasolinera "Villaonuba, S.L.", sita en Huelva; comprando concretamente el 19 de septiembre 49,51 litros, el 29 de septiembre 70,14 litros, el 3 de octubre 76,02 litros y el 7 de octubre 75,44 litros; en total 271,11 litros de gasoil.

Al mismo tiempo, el acusado fue ideando una coartada para la desaparición física de sus hijos, decidiendo fingir que se le habían perdido en un parque, y a fin de tener datos que ofrecer sobre la supuesta pérdida de unos menores, hizo una especie de experimento con sus sobrinos, los hijos de su hermana Tania y su cuñado Amador , en la mañana del día 6 de octubre de 2011, dejándolos solos unos momentos cuando los llevaba al colegio.

Sobre las 15 horas del día 7 de octubre de 2011, el acusado recogió a sus hijos en Huelva y marchó con ellos a Córdoba, donde primero estuvieron en casa de los padres del acusado y posteriormente en casa de su hermana Tania , sita en la CALLE000 de esta ciudad, donde dejó a los niños, para poder marchar a la antes indicada parcela, a fin de sacar del maletero del coche y dejar allí las garrafas de combustible que había comprado esa misma mañana en Huelva.

A su vez, para dar mejor cobertura a la simulación de extravío de sus hijos, Ismael les propuso a sus hermanos Tania y Federico acudir en la tarde del día 8 de octubre a la denominada "Ciudad de los niños" de esta capital con sus respectivos hijos, aunque sin concretar completamente la cita, así como le dijo a su madre que ese mismo día no iba a comer en su casa, porque había quedado con unos amigos, lo que era incierto.

En la mañana del día 8 de octubre de 2011, el acusado Ismael y sus hijos fueron a casa de la mencionada hermana del acusado, donde éste permaneció con sus hijos y sobrinos hasta las 13,30 horas, mientras su hermana y cuñado hacían la compra en un hipermercado. Cuando volvieron, su cuñado Amador llevó al acusado y a los hijos de éste a recoger su coche, Opel Zafira, a la casa de los abuelos, en la CALLE001 , de esta capital. Allí, el acusado se detuvo lo justo para hacer creer a su familia que se dirigía a comer con unos amigos, lo que, como ya se ha dicho, era incierto.

Al salir de la casa de sus padres, el acusado, con el que iban sus dos hijos, María Purificación y Pablo , se dirigió con su vehículo a la POLÍGONO000 , suministrándoles el acusado a los niños durante el trayecto, o al llegar a la misma, un número indeterminado de pastillas de los tranquilizantes "Motiván" y "Orfidal", para facilitar su adormecimiento total y/o su muerte. Y una vez que llegaron a la finca, sobre las 13,48 horas de dicho día 8 de octubre, el acusado telefoneó de nuevo a su esposa, sin que lograra comunicar con ella, por lo que decidió seguir con su propósito criminal.

Acto seguido, conforme a lo que ya tenía previsto y meditado, el acusado preparó una especie de pira funeraria cuyos elementos esenciales ya tenía dispuestos, en un lugar nuevo de la finca, entre varios naranjos y sin visibilidad desde el exterior, en la cual colocó los cuerpos de sus hijos María Purificación y Pablo (sin que pueda determinarse si ya estaban sin vida o todavía no habían fallecido), junto con una mesa metálica con el tablero en posición vertical, que cubría prácticamente en toda su longitud el cuerpo de los menores y la propia pira, y prendió una gran hoguera que avivó rápidamente gracias al uso de leña -unos 250 kilogramos-y gasoil -alrededor de 80 litros-, que llegó a alcanzar temperaturas de hasta 1.200 grados centígrados, logrando un efecto similar a un horno crematorio. Ante la magnitud de la temperatura, las partes blandas de los cuerpos de los citados niños desaparecieron rápidamente, quedando únicamente unos restos óseos. Permaneciendo el acusado junto a la hoguera hasta las 17,30 horas, alimentándola de gasoil (acelerante) para mantener la elevada temperatura que permitiera la total calcinación y desaparición de los cuerpos de sus hijos María Purificación y Pablo .

Como consecuencia de todo ello, el acusado Ismael , prevaliéndose de su condición de padre y de su mayor fortaleza física, confianza de los niños y autoridad sobre ellos, acabó con la vida de sus hijos María Purificación y Pablo .

A continuación, el acusado condujo hasta el entorno de la "Ciudad de los niños" de esta capital, aparcando sobre las 18,01 horas a unos trescientos metros, en la calle Pintor Espinosa, intercambiando correos telefónicos de mensajería instantánea en los minutos posteriores con su hermano Federico , haciéndole creer que estaba en las proximidades del parque con sus citados hijos; haciendo lo propio con su madre, que lo llamó por teléfono desde su domicilio. Cuando el acusado consideró que había transcurrido un tiempo suficiente para hacer creíble la ficticia desaparición de los menores, llamó de nuevo a su hermano Federico sobre las 18,18 horas, diciéndole que había perdido a los niños, realizando otras llamadas a la familia, logrando que tanto su hermano como su cuñado Amador acudieran a la "Ciudad de los niños" para iniciar la búsqueda.

Sobre las 18,41 horas, el acusado llamó al teléfono de emergencias 112 comunicando la desaparición de sus hijos María Purificación y Pablo , provocando la intervención de la policía. Acudiendo sobre las 20,43 horas a la Comisaría de Policía Nacional de Córdoba para presentar denuncia por la desaparición, dando lugar a la incoación de un procedimiento judicial (Diligencias Previas nº 5663/11 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Córdoba), pese a conocer perfectamente que no había existido tal desaparición en el parque, sino que él había dado muerte previamente a sus mencionados hijos.

Los restos óseos y dentarios analizados por todos los peritos forenses, médicos, paleontólogos, odontólogos y especialistas biólogos y clínicos proceden de la hoguera encendida por el acusado en la POLÍGONO000 en la tarde del 8 de octubre de 2011. Tales restos óseos y dentarios pertenecen a los cuerpos de dos niños de 6 y 2 años de edad, en concreto a los cuerpos sin vida de María Purificación y Pablo

Las investigaciones realizadas a consecuencia de la denuncia de desaparición de sus hijos realizada por el acusado han tenido un coste para el Ministerio del Interior de 137.335,65 €, para la empresa "Cóndor Georradar" de

5.500 € -que no reclama-y para el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba de 22.567 €

Los fallecidos María Purificación y Pablo eran los únicos hijos que tenía Dña. Penélope .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. -Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de dos delitos de asesinato, del artículo 139 (circunstancia 1ª, alevosía) del Código Penal ; y de un delito de simulación de delito, del artículo 457 del mismo Código . Por cuanto que el jurado, en los términos relatados en los hechos probados y como se desarrollará más adelante al analizar la existencia y consistencia de la prueba de cargo, ha considerado acreditado que Ismael , ante la decisión de su esposa de separarse, decidió vengarse de la misma matando a los hijos del matrimonio, lo que llevó a cabo, una vez que realizó una serie de preparativos, el 8 de octubre de 2011, en una parcela de sus padres en el POLÍGONO000 " de esta capital, quemando sus cuerpos -antes o después de muertos-en una pira funeraria de gran poder calorífico que realizó en dicha finca; fingiendo posteriormente que había ido con los niños a un parque infantil de esta ciudad, en cuyo trayecto supuestamente los habría perdido, sin que hasta la fecha se hubiera podido tener noticia de su destino o paradero, lo que dio lugar a la incoación de las correspondientes actuaciones judiciales por presunto delito de detención ilegal o secuestro de...

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