SAP Málaga 414/2012, 16 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución414/2012
Fecha16 Julio 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCION SEXTA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. DOS DE MARBELLA

JUICIO DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

NÚM. 1948 DE 2008

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚM. 530 DE 2010

SENTENCIA Nº 414/12

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

PRESIDENTE:

DON ANTONIO ALCALÁ NAVARRO

MAGISTRADAS:

DOÑA INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO

DOÑA SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ

En la ciudad de Málaga a dieciséis de julio de dos mil doce.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de liquidación de la sociedad de gananciales nº 1948 de 2008, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella, sobre formación de inventario, seguidos a instancia de D. Marcos, representado en el recurso por la Procuradora Dña. Ana María Rodríguez Fernández y defendido por la Letrada Dña. Ana Isabel Gómez Solano, contra Felicidad, representada en el recurso por el Procurador Don José Luis Torres Beltrán y defendida por la Letrada Dña. Cristina Aleixandre Porcar; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella dictó sentencia de fecha diez de noviembre de dos mil nueve en el juicio de liquidación de la sociedad de gananciales núm. 1948 de 2008, del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: " FALLO:Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Marcos contra dña. Felicidad sobre formación de inventario, debo declarar y declaro haber lugar al mismo quedando integrado del siguiente modo:

ACTIVO:

1)Vivienda sita en CALLE000 NUM000, de Marbella.

2) Vivienda sita en CALLE001 NUM001, NUM002 de Madrid.

3)Vivienda sita en la localidad italiana de Adria (Rovigo), DIRECCION000, núm. NUM003, NUM004 piano. 4)Mobiliario, ropa y menaje existentes en los citados bienes inmuebles.

5) La renta del alquiler de la vivienda sita en la localidad de Plasencia percibida por la demandada.

PASIVO:

Importe actualizado de la cantidad aportada por el actor en la compra de la vivienda sita en Madrid.

No se hace expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la demandada, el cual fue admitido a trámite y, su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al haberse admitido la prueba propuesta se acordó la celebración de vista, que tuvo lugar el día diez de julio de dos mil doce, quedando las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte recurrente la revocación parcial de la sentencia apelada y el dictado de otra que declare que la disolución de la sociedad de gananciales tuvo lugar en agosto de 2002, y que se incluya en el activo la cantidad de 181.509,53 euros correspondientes al despido laboral del Sr. Marcos y la cantidad de 293.884 euros que es el importe de los saldos al momento de la separación de hecho más las rentas devengadas por el alquiler de la vivienda de la CALLE001, y que en el pasivo se incluyan los gastos por importe de 10.253 euros que la apelante realizó en el citado piso de la CALLE001 de Madrid. Por su parte el apelado recurría la impugnación de la resolución recurrida en el sentido de solicitar se incluya en el activo la suma que corresponde a la Sra. Felicidad por los intereses percibidos en el recurso 194/94 que recibió junto con sus hermanas y en la parte que le corresponde, y las rentas recibidas por los alquileres de la vivienda y local de Plasencia y de la casa de...

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