SAP Cuenca 126/2013, 23 de Abril de 2013

PonenteMARIA VICTORIA OREA ALBARES
ECLIES:APCU:2013:252
Número de Recurso33/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución126/2013
Fecha de Resolución23 de Abril de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00126/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CUENCA

N00050 CALLE PALAFOX S/N Tfno.: 969224118 Fax: 969228975

N.I.G. 16190 41 1 2011 0002886

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000033 /2013

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de SAN CLEMENTE

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL (EFECTIVIDAD) 0000326 /2011

Apelante: Sergio Y Flora

Procurador: Mª JOSEFA HERRAIZ CALVO Abogado: ALEJANDRO MARTINEZ RAMOS

Apelado: COTO DE CAZA DIRECCION000 Nº NUM000

Procurador: YOLANDA SEGOVIA RUBIO Abogado: EVA R. MARTINEZ JAREÑO

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Apelación Civil Rollo nº 33/2013

Juicio Verbal nº 326/2011

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de San Clemente

SENTENCIA NUM. 126/13

En la Cuenca, a veintitrés de abril de dos mil trece.

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal nº 326/2011 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de San Clemente y su Partido, seguidos a instancia de DON Sergio y su esposa DOÑA Flora, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Maria de los Ángeles Poves Gallardo y asistido por el Letrado Don Alejandro Martínez Ramoso, contra COTO DE CAZA " DIRECCION000 nº NUM000 " de Casas de Los Pinos, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Moya Ortiz y Letrado doña Eva R. Martínez Jareño, sobre reclamación de cantidad; todo ello como consecuencia del recurso de apelación interpuesta por la representación procesal de D. Sergio contra la sentencia dictada en la instancia de fecha veintiuno de marzo de dos mil doce, habiendo sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sra. Doña Maria Victoria Orea Albares.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de San Clemente se dictó sentencia de fecha veintiuno de marzo de dos mil doce, cuyo Fallo es del siguiente tenor:

" Que DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda presentada por Doña Mª Ángeles Poves Gallardo, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de d. Sergio y doña Flora, por reclamación de cantidad basada en responsabilidad extracontractual contra el "Coto de Caza DIRECCION000 nº NUM000 de Casas de los Pinos" con expresa imposición de costas.

Segundo

Notificada la anterior resolución a las partes, Doña Maria de los Ángeles Poves Gallardo en la representación que ostenta preparó e interpuso recurso de apelación por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando de la Sala se dicte sentencia mediante la cual se revoque la dictada por el Juzgador de instancia condenando al acotado al abono de la cantidad solicitada en el escrito de demanda de 3.620,90 euros o en su defecto aprecie concurrencia de culpas en la actuación del acotado condenándole al pago de la cantidad a la que se ha obligado con el actor de 1.758,01 # con condena en costas a la demanda.

Tercero

Admitido a trámite el recurso de apelación y conferido traslado a la contraparte, por la representación procesal del COTO DE CAZA DIRECCION000 Nº NUM000 se presentó escrito de oposición al recurso de apelación en el que se interesó la íntegra desestimación del mismo y la confirmación de la sentencia de instancia.

Cuarto

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, se procedió a la formación del correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, se designó Ponente que recayó en el Magistrado Ilmo. Sra. Doña Maria Victoria Orea Albares y se señaló para deliberación votación y fallo el día veintitrés de abril de dos mil trece.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos jurídicos contenidos de la resolución recurrida.

Primero

En demanda rectora se interesó la condena del Coto de Caza demandado a satisfacer la cantidad de 3.620,90# a que ascienden los daños ocasionados en las parcelas NUM001 del polígono NUM002 ;...

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