SAP Barcelona 246/2013, 2 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 246/2013 |
Fecha | 02 Mayo 2013 |
SENTENCIA N. 246/2013
Barcelona, dos de mayo dos mil trece
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)
Maria Dolors Montolio Serra
Marta Font Marquina
Rollo n.:343/2012
Verbal n.: 955/2011
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 2 de Badalona
Objeto del juicio: resolución de contrato de mantenimiento de ascensor y reclamación de cantidad pactada
Motivo del recurso: nulidad por emplazamiento defectuoso, nulidad de la claúsula de duración del contrato y de la claúsula penal e indebida aplicación del artículo 394.1 LEC
Apelante: Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION000 nº NUM000, esc NUM001 de Badalona Abogado: J.A. Forner Torrego
Procurador: Mª T. Aznarez Domingo
Apelado: Ascensors del Vallés, S.A.
Abogado: P. Pierre Prats
Procurador: A. Montero Brusell
-
RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 6 de julio de 2011 Ascensors del Vallès presentó demanda en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se acuerde la resolución del contrato de mantenimiento con referencia 2728, RAE 102.397-B, del ascensor sito en DIRECCION000, NUM000, esc. NUM001 de Badalona, suscrito en fecha 14 de marzo de 2001, por causa imputable a la Comunidad de Propietarios demandada al haber desistido unilateralmente del contrato. Por ello pide que se condene a Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION000 NUM000, esc NUM001, al pago de 1.992,66 euros en concepto de indemnización pactada por daños y perjuicios, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y que se impongan las costas del procedimiento a la demandada. Relata que el 14 de marzo de 2001 firmaron las partes un contrato de mantenimiento de ascensor por tres años tácitamente prorrogables y la demandada lo resolvió el 3 de febrero de 2011 sin preaviso, cuando expiraba en abril de 2013, y reclama las cuotas pendientes de vencer, al amparo de la cláusula penal, 3ª del contrato.
El día del juicio, la parte demandada no compareció.
La sentencia recurrida, de fecha 19 de noviembre de 2010 (según auto de aclaración), aplica la cláusula penal, declara resuelto el contrato de mantenimiento con referencia 2728, RAE 102.397-B del ascensor sito en DIRECCION000 NUM000, esc NUM001, de Badalona, que fue suscrito por los litigantes, en fecha 14 de marzo de 2001, por causa imputable a la Comunidad de Propietarios demandada, al haber desistido unilateralmente del contrato, y condena a la Comunidad de Propietarios a pagar a Ascensors del Vallés, S.A.
1.992,66 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la interposición de la demanda y con más el pago de las costas procesales devengadas en los presentes autos.
-
CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN
La recurrente argumenta que es consumidora y que el contrato es de adhesión. Pide la nulidad de actuaciones por defectos en el emplazamiento. Sostiene que la cláusula de duración prolongada es nula y la cláusula penal abusiva ( art. 82.4 RDL 1/2007 ) y desproporcionada, produciendo enriquecimiento injusto. De forma subsidiaria, pide la moderación y que no se le impongan las costas, por dudas de derecho.
El apelado se opone a la nulidad de actuaciones y defiende el contrato. Niega que el contrato sea de adhesión, ni que las cláusulas sean abusivas. Se opone a la exención de costas.
-
TRÁMITES EN LA SALA
El asunto se ha registrado en la Sección el 28 de marzo de 2012. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala se ha llevado a cabo en fecha 11 de abril de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba