SAP Murcia 268/2013, 25 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución268/2013
Fecha25 Abril 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00268/2013

Sección Cuarta

Rollo de Sala 1260/2012

ILMOS. SRES.

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. JUAN ANTONIO JOVER COY

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veinticinco de abril del año dos mil trece.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Medidas sobre Menores en proceso de familia que con el número 188/11 se ha seguido en primera instancia ante el Juzgado Civil número Cuatro de San Javier (Murcia), con competencia en Violencia sobre la Mujer, entre las partes, como actor y ahora apelante D. Jorge, representado por el Procurador Sr. Rubio García y defendido por el Letrado Sr. Sánchez Sánchez, y como demandada y ahora también apelante D.ª Camila, sucesivamente representada por las Procuradoras Sras. Mellado Pérez (ante el Juzgado) y Oliva Sánchez (ante esta Audiencia) y defendida por el Letrado Sr. Maza de Ayala. En ambas instancias interviene el Ministerio Fiscal al amparo de su Estatuto, en esta alzada como impugnante, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado con fecha 9 de abril de 2012 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Rubio García, en nombre y representación de D. Jorge, sobre guarda y custodia de su hijo Plácido, contra Dña. Camila, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Elvira Mellado Pérez; debo acordar y acuerdo las siguientes MEDIDAS DEFINITIVAS:

  1. - Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor Plácido, al padre, D. Jorge, correspondiendo a ambos progenitores de forma compartida el ejercicio de la patria potestad sobre el mismo.

  2. - Se fija como régimen de vistas del menor con la madre, de ( sic ) visitas en el punto de encuentro familiar de Cartagena, de un sábado al mes, (sin perjuicio de los horarios y disponibilidad del centro), en régimen de visitas tuteladas de una hora, durante los 6 primeros meses y de dos días al mes, durante los 6 meses siguientes, estableciendo un régimen progresivo de estancias en el punto de encuentro hasta de entregas y recogidas en el mismo centro, quedando suspendido el régimen de visitas si de tales encuentros no resulta un informe positivo que aconseje el establecimiento de un régimen de visitas ordinario, en el plazo de un año, todo ello sin perjuicio de que se produzcan nuevas circunstancias que determinen la modificación del presente régimen.

    Requiriendo a la entidad colaboradora con la Comunidad Autónoma de Murcia, en la prestación de dicho servicio para que elabore y remita a este juzgado un informe cada 6 meses.

  3. - No procede fijar una pensión de alimentos a favor del menor.

  4. - No cabe hacer ningún pronunciamiento sobre la atribución del uso de la vivienda familiar.

    Tampoco cabe hacer especial pronunciamiento sobre costas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpusieron recurso de apelación ambas partes, solicitando la revocación parcial de la sentencia.

Después se dio traslado a las otras partes, quienes presentaron escritos oponiéndose al de la parte contraria. El Ministerio Fiscal impugnó parcialmente la sentencia y se opuso parcialmente al recurso del padre y totalmente al de la madre.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 1260/12 de Rollo. Tras personarse las partes, una vez subsanados determinados defectos de representación, por auto de 26 de marzo de 2013 se desestimó el recibimiento del pleito a prueba solicitado por la madre y se admitió parcialmente la documental del padre. Por providencia del día siguiente se señaló el de hoy para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

TERCERO

En la sustanciación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Jorge plantea demanda contra D.ª Camila, con la que ha convivido, teniendo un hijo en común, menor de edad, para que se adopten determinadas medidas sobre la guarda y custodia del menor (pide que se le atribuya a él) y régimen de visitas y comunicaciones del niño con la madre.

La demanda se turna al Juzgado de Primera Instancia número Seis de San Javier, donde se registra con el número 1198/10, el cual se inhibe a favor del número Cuatro, cuando tiene constancia de que hay causas penales por Violencia de Género.

Una vez que a la demandada se le nombra abogado y procurador del turno de oficio, contesta la demanda interesando que se le atribuya a ella la guarda y custodia del hijo menor y se fijen visitas a favor del padre, quien deberá abonar 300 # al mes en concepto de alimentos del niño.

Tras la celebración del juicio y la práctica de la pericial de la psicóloga adscrita a la Audiencia Provincial, se dicta sentencia por la que se atribuye al padre la guarda y custodia sobre el hijo menor, reconociendo a ambos progenitores el ejercicio compartido de la patria potestad, fijando un régimen de visitas restringido y progresivo a favor de la madre, tutelado por el PEF, sin establecer alimentos a cargo de la madre ni hacer pronunciamiento sobre el uso de la vivienda familiar ni sobre costas.

Contra la misma plantea recurso de apelación D. Jorge, que interesa que se le atribuya a él el uso de la vivienda familiar, pues es privativa del mismo y él tiene la custodia del hijo común. También pide que se fije una cantidad a la madre para atender los gastos del menor y que se suspenda o prive a la madre de la patria potestad y visitas al menor hasta que se someta a tratamiento terapéutico.

Por su parte, D.ª Camila también recurre en apelación, solicitando que se le atribuya a ella la guarda y custodia del hijo menor o se amplíe el régimen de visitas a uno normalizado.

Cada una de las partes se opone al recurso planteado de contrario, y el Ministerio Fiscal se opone a ambos, salvo en materia de alimentos a cargo de la madre, pidiendo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 18 de Marzo de 2014
    • España
    • March 18, 2014
    ...contra la sentencia dictada, con fecha 25 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 1260/2012 , dimanante de los autos de juicio sobre medidas de menores nº 188/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San - Mediante diligencia de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR