ATS, 18 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Junio 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Junio de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil "BNP Paribas España, S.A," presentó el día 5 de noviembre de 2012 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 131/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 954/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Bilbao.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 15 de noviembre de 2012 la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 20 de noviembre de 2012, en el Registro General del Tribunal Supremo, el procurador D. Ángel Rojas Santos en nombre y representación de la entidad mercantil "BNP Paribas España, S.A." se personó en el presente rollo como parte recurrente, asimismo con fecha 27 de noviembre de 2012, el procurador D. Juan Carlos Estévez Fernández Novoa presentó escrito en nombre y representación de Dª Erica , personándose como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "BNP Paribas España, S.A.", al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad con lo establecido en el art. 485 de la LEC , entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "BNP Paribas España, S.A contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección Tercera), en el rollo de apelación nº 131/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 954/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Bilbao.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DIAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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