STSJ Galicia 2423/2013, 26 de Abril de 2013

PonenteJOSE MANUEL MARIÑO COTELO
ECLIES:TSJGAL:2013:3585
Número de Recurso4898/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2423/2013
Fecha de Resolución26 de Abril de 2013
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2010 0000887

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004898 /2010 (-FF-)

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000159 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de VIGO

Recurrente/s: MARVIL CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SL

Abogado/a: ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES

Procurador/a: JOSE AMENEDO MARTINEZ

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CONSTRUCCIONES Y OBRA MIÑO SL, FOGASA, PYCFLORGA BURGOS SL, PYCFLORGA GIJON SL, PYCFLORGA SL, SERVICIOS LOGISTICOS PYCFLORGA SL, PROYECTOS DE CARPINTERIA MODULAR SL, MARVIL INMUEBLES SL ( ANTES GRUPO ONUSA SL ), UNION ENERXETICA GALEGA,S.L. /( UNERGA SL ), KIWI PLANT SL, Dimas, OLIVICA DE INMUEBLES URBANOS SL, CASTIPROINVER SL, CONSTRUCCIONES EIRIÑA SL, KHASA HOGAR VIVIENDAS SL, CYOMINHO CONSTRUÇOES LDA, PCM SISTEMAS DE CAIXILHARIA LDA, PYCFLORGA PORTUGAL LDA, PYCFLORGA IMPORT SA, QUINTA DA LAGOA LDA, INVERGAR & MARVIN PORTUGAL SA, CONSTRUCCIONES BRAYPA TOMIÑO SL, INVERSIONES INMOBILIARIAS MARVIL SL, OTERO BARROS SL, PROGAPLANT PORTUGAL LDA, PROGAPLANT SL, INVERGAR & MARVIL SL

Abogado/a: ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES,, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES,, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ROXELIO FERNANDEZ PORTELA, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES,, ALFREDO BRIALES DE PORCIOLES,,,,,,,,,,,,

Procurador/a:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

Graduado/a Social:

ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a veintiséis de Abril de dos mil trece. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación nº 4898/2010 interpuesto por la parte demandada Marvil Construcciones y Contratas S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de Vigo, de fecha 1 de Septiembre de 2010, en autos nº 159/2010, instados por D. Dimas frente al Fogasa y las empresas Marvil Construcciones y Contratas S.L. y Grupo Onusa S.L. constituido por Marvil Inmuebles S.L., Construcciones y Obras Miño S.L., Proyectos de Carpintería Modular S.L., PyCFlorga Burgos S.L., Olívica Inmuebles Urbanos S.L, Castiproinver S.L., Eiriña S.L., Khasogar Vivivendas S.L., Cyominho Construçones LDA, PCM sistemas de Caixilharia LDA, PyCFlorga Portugal LDA., PyCFlorga Import S.A., Quinat da Lagoa LDA, Invernar & Marvin Portugal S.A., Construcciones Brypa Tomiño S.L., Inversiones Inmobiliarias Marvil S.L. y Otero Barros S.L., sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, con fecha 16/2/2010 se presentó demanda por Dimas contra el Fogasa y las empresas Marvil Construcciones y Contratas S.L. y Grupo Onusa S.L. constituido por Marvil Inmuebles S.L., Construcciones y Obras Miño S.L., Proyectos de Carpintería Modular S.L., PyCFlorga Burgos S.L., Olívica Inmuebles Urbanos S.L, Castiproinver S.L., Eiriña S.L., Khasogar Vivivendas S.L., Cyominho Construçones LDA, PCM sistemas de Caixilharia LDA, PyCFlorga Portugal LDA., PyCFlorga Import S.A., Quinat da Lagoa LDA, Invernar & Marvin Portugal S.A., Construcciones Brypa Tomiño S.L., Inversiones Inmobiliarias Marvil S.L. y Otero Barros S.L., sobre reclamación de cantidad y admitida a trámite por el Juzgado de lo Social nº 5 de Vigo con el nº 159/2010 de autos, se celebró, el día 27/7/2010, el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el citado Juzgado de lo Social con fecha 1/9/2010, estimando la demanda rectora del procedimiento.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal siguiente: "PRIMERO.- D. Dimas ha prestado sus servicios para la mercantil Marvil Construcciones y Contratas S.L. con la categoría profesional de encargado con un salario mensual de 1.410,14 euros incluido el prorrateo de pagas extraordinarias y una antigüedad en la empresa desde el 13 de enero de 1999. SEGUNDO.- En fecha 9 de Enero de 2009, D. Dimas recibió una carta de Marvil Construcciones y Contratas S.L. en la que se recoge: El motivo de la presente es la de comunicarle que por las razones que se expondrán a lo largo de la presente comunicación, procedemos a la extinción de su contrato de trabajo al amparo del artículo 52 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores . Las razones que han llevado a Marvil Construcciones y Contratas S.L. - en adelante MCC - a tomar esta decisión son ya de sobra conocidas por usted, si bien a efectos legales procedemos a su enumeración. La empresa se fundó en el año 1991 y desde el inicio de su actividad se ha caracterizado por tener una carga de trabajo constante y por ser especialista en la construcción residencial realizando obras no solo a nivel provincial y autonómico sino también a escala nacional, ejemplo de ello, entre otras: "Urbanización Cañada Verde": 34 chales en Mejorada del Campo - Madrid. "Edificio Rey Sancho". Bloque de 108 viviendas en León. 11 chales en Quijorna - Madrid. Debido a la crisis conocida y notoria que vive el sector de la construcción esa proyección supra autonómica ha desaparecido y nos hemos visto relegados cada vez mas a un ámbito geográfico mas reducido lo que a su vez ha supuesto una considerable bajada de actividad y la imposibilidad de mantener el empleo y los ingresos que lo sustentaban. A comienzos del año 2008 MCC tenía contratadas una serie de obras que con cierto ajuste de plantilla y de gastos nos garantizaban una carga de trabajo para todo el año 2008 y para parte del 2009. Se estimaba una facturación aproximada de 8.000.000 de euros para el año 2008. Las obras eran: Obra de Villagarcía: Obra de 3 bloques de edificios - 40 viviendas, promovida por la empresa "Grupo Dosean S.L." en la que MCC es la constructora principal, el presupuesto inicial fue de 7.151.361 euros con fecha 12 de diciembre de 2008 se ha firmado la rescisión de contrato con fecha de efectos 31/2/2008, dado que no tenemos suministro de material ni subcontratas para finalizar la obra por lo que nuestras previsiones de facturación se han visto reducidas en un 87 %, lo que supone que, en principio, solo se facturarán 923.855,59 euros. Obra Chapela: En esta obra MCC actúa como constructora y la promotora es la empresa "Redondela 2005". La obra se iba a efectuar en 20 meses y con un presupuesto inicial de 950.740 euros, llevamos 7 meses en la obra por lo que quedan 13 meses para el fin de la misma pero es probable que nuestros proveedores no nos suministran materiales porque no podemos atender sus pagos por falta de liquidez. Obra naves Atlántica: Construcción de naves comerciales, la promotora de la obra es la empresa "Comercial Atlántica Fincas Inmuebles S.L." con presupuesto inicial de 1.475.743 euros. La obra ha sido finalizada con fecha 10/12/2008 pero tenemos pendiente de cobrar. Como se ve las previsiones para este ejercicio 2008 han variado sustancialmente lo que obliga a la dirección de la empresa a adoptar medidas para paliar la complicadísima situación en la que se encuentra. Para completar someramente las causas en que se fundamenta la presente decisión extintiva, hay que tener presente el estado en que se encuentran las obras promovidas por la empresa "Inversiones Inmobiliarias Marvil SAU": Obra paseo marítimo: Construcción de un bloque de 11 viviendas en el paseo marítimo de La Guardia presupuestada inicialmente en 525.00 euros: La promotora ha paralizado la obra por falta de ventas en el mes de diciembre de 2008 hasta fecha 30 de septiembre solo se ha podido facturar el 18 % de lo previsto y dada la situación de la promotora muy probablemente no se pueda cobrar nada mas. Obra Eixo: Construcción de 8 chales presupuestada inicialmente en 8.000.000 euros. La promotora ha paralizado la construcción en el mes de diciembre por falta de ventas por lo que la obra no va a finalizar. Hasta hoy solo se le ha podido facturar un 30 % de lo presupuestado, el cerca de millón y medio de euros presupuestado no va a poder cobrarse. Cine Avenida II: Construcción de 1 bloque de 17 viviendas y 1 bajo comercial en la localidad de La Guardia. Presupuestada inicialmente en 400.000 euros, en el mes de diciembre de 2008 se ha paralizado la promoción por falta de ventas. En esta obra a fecha de hoy se ha logrado facturar cerca del 60 %. Obra Codesal Porriño: Construcción de 1 bloque de 45 viviendas presupuestadas inicialmente en

2.200.000 euros a fecha de hoy se facturó el 77 %, esto es, 1.699.561,76 euros. Obra El Rosal: Construcción de 38 chales presupuestada inicialmente en 2.592.000 euros esta obra se paralizó en abril de 2008 por parte de la promotora por falta de ventas. La facturación por esta obra ha sido hasta la fecha de paralización de 372.191 euros, esto ha supuesto una reducción en previsión de cerca del 85 %. En cuanto al capítulo de obras con esta promotora hemos de decir que frente a la previsión de facturación a principios de 2008 nos encontramos a final de este ejercicio que ha existido un desajuste en presupuesto de más del 60 %. Respecto a nuestras previsiones para el futuro son de las mas inciertas dado que no tenemos obras contratadas para garantizar la ocupación de la totalidad de trabajadores que en la actualidad tenemos en plantilla. De toda esta situación expuesta desde el punto de vista de la contratación de obras, se genera otra situación paralela relacionada con la anterior: la falta de liquidez, esto es, la capacidad para hacer frente a los pagos de nuestros...

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