STSJ Castilla y León 891/2013, 28 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 891/2013 |
Fecha | 28 Mayo 2013 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID
Sala de lo Contencioso Administrativo Sección SEGUNDA
VALLADOLID C/ Angustias s/n
SENTENCIA: 00891/2013
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2009 0102696
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001750 /2009 LP
Sobre FUNCION PUBLICA
De Ofelia
Contra MINISTERIO DE DEFENSA
Representante: ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA Nº 891
ILMOS. SRES.
PRESIDENTA DE LA SALA:
DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a veintiocho de mayo de dos mil trece.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La desestimación por silencio del recurso de reposición interpuesto por Dª Ofelia contra la resolución de la Subsecretaría de Defensa del Ministerio de Defensa, de 10 de junio de 2009, que inadmitió la solicitud efectuada por la misma en escrito del 10 de marzo anterior en el que interesó que se le concediera el Grado I de la Carrera Profesional al cumplir todos los requisitos necesarios para su consecución.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Dª Ofelia, que actúa en su propio nombre y representación.
Como demandada: La Administración General del Estado (Subsecretaría de Defensa del Ministerio de
Defensa), representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare:
- La anulación y revocación de la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Defensa de fecha 10 de junio de 2009 ante la solicitud presentada por Dª Ofelia .
- La aplicación a la Sra. Ofelia del Decreto 43/2009 de 2 de julio por el que se regula la carrera profesional del personal estatutario de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León hasta que la Administración cumpla el mandato previsto en la Ley 44/2003 de Ordenación de Profesiones Sanitarias y regule la carrera profesional para profesionales sanitarios que prestan sus servicios para distintos organismos públicos no dependientes de la Gerencia Regional de Salud.
- La concesión a Dª Ofelia del Grado I de la Carrera Profesional.
- Se reconozca el pago a cuenta de las cantidades resultantes de la concesión de dicho Grado I.
- Todo ello con efectos económicos y administrativos desde la fecha de la solicitud que data de 27 de marzo de 2009.
- Así como la imposición de costas a la Administración demandada que temerariamente se oponga a lo pedido en la demanda.
Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.
En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho en él expresados, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo y, subsidiariamente, se desestime y se impongan las costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.
Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día veintitrés de mayo.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Interpuesto por Dª Ofelia recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta del recurso de reposición que formuló contra la resolución de la Subsecretaría de Defensa del Ministerio de Defensa, de 10 de junio de 2009, que inadmitió la solicitud efectuada por la misma en escrito del 10 de marzo anterior en el que interesó que se le concediera el Grado I de la Carrera Profesional al cumplir todos los requisitos necesarios para su consecución, pretende la recurrente que se anulen los actos impugnados y que en aplicación del Decreto 43/2009, de 2 de julio, de la Junta de Castilla y León se le conceda el Grado I de la Carrera Profesional y se le reconozca el pago a cuenta de las cantidades resultantes de tal concesión, con efectos económicos y administrativos desde la fecha de la solicitud (la registró de entrada el 27 de marzo de 2009).
Alegadas sin embargo por la Abogacía del Estado dos causas de inadmisibilidad, debe abordarse su examen de manera prioritaria por evidentes razones procesales, pues la eventual estimación de cualquiera de ellas haría que no fuese posible ni necesario el enjuiciamiento de la cuestión de fondo. En relación con la primera, en la que se aduce que la actora no es funcionaria pública ni tiene el carácter de personal estatutario (no hay discusión sobre que es personal laboral fijo del Ministerio de Defensa), lo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba