SAP Alicante 66/2013, 6 de Febrero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 66/2013 |
Fecha | 06 Febrero 2013 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEXTA
ALICANTE
NIG: 03014-37-2-2012-0002777
Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000507/2012- MARIA DOLORES LOPEZ GARRE - Dimana del Juicio Ordinario Nº 000372/2011
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE VILLENA
Apelante/s: Santos
Procurador/es: CRISTINA PENADES PINILLA
Letrado/s: DAGANIA FRAILE LAINEZ
Apelado/s: Sacramento Y Camila
Procurador/es : JUAN CARLOS OLCINA FERNANDEZ
Letrado/s: RAMON GARCIA AYELO
Rollo de apelación nº507-12.
Juzgado de Primera Instancia nº3 de Villena.
Procedimiento Juicio ordinario nº372-11.
S E N T E N C I A Nº66/13
Iltmos Srs.
Don José María Rives Seva.
Doña Maria Dolores López Garre.
Doña Encarnación Caturla Juan.
En la Ciudad de Alicante a seis de febrero del año dos mil trece.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº507-12 los autos de juicio ordinario nº372-11 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº3 de la ciudad de Villena en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandante Don Santos que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por la Procuradora Señora Penades Pinilla y defendidos por la Letrada Señora Fraile Lainez y siendo apelado la parte demandada Doña Camila y Doña Sacramento representadas por el Procurador Señor Olcina Fernández y defendido por el Letrado Señor García Ayelo.
S. Primero.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº3 de la Ciudad de Villena y en los autos de Juicio ordinario nº372-11 en fecha 23-4-12 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-DESESTIMANDO la demanda principal de acción de nulidad promovida en nombre y representación de don Santos, contra doña Camila y doña Sacramento, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones frente a ellas formuladas.DESESTIMANDO la demanda subsidiaria de rescisión por fraude promovida en nombre y representación de don Santos, contra doña Camila y doña Sacramento, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones frente a ellas formuladas.Todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a la demandante. Déjense por el Sr. Secretario Judicial sin efecto las medidas cautelares acordadas por auto de 12 de enero de 2012, en el procedimiento nº 548/2011 de este Juzgado.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº507-12.
En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 22-1-13 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Dolores López Garre.
Interpuso la parte actora, Don Santos, demanda ejercitando acción de nulidad por simulación de contrato de donación y subsidiariamente acción de rescisión por donación...
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