SAP Murcia 344/2013, 23 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 344/2013 |
Fecha | 23 Mayo 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00344/2013
Rollo nº 517/12
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Francisco José Carrillo Vinader
D. Juan Antonio Jover Coy
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veintitrés de mayo de dos mil trece.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Incidente Concursal sobre impugnación de la Lista de acreedores de la mercantil La Verja, S.A., procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 595/2009, -rollo nº 517/2012-, entre las partes, actora Vega y Gijón, S.L., con C.I.F. nº B- 38017067, representada por el Procurador Sr. Albacete Manresa y dirigida por el Letrado Sr. Sánchez Rivas; y demandada, la mercantil La Verja, S.L., y Administradores Concursales de La Verja, S.A.
Oer
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Vega y Gijón, S.L., contra la sentencia de 21 de abril de 2010, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. ALFONSO ALBACETE MANRESA, en nombre y representación de VEGA Y GIJON S.L. contra la Administración concursal y la mercantil concursada, en el concurso seguido ante este Juzgado con el nº 782/08, debo declarar y declaro que la cantidad debida por la actora incidental a la concursada es de 88.827,99 # y no 92.786,95 #, rechazando el resto de sus pedimentos, y sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas".
Contra dicha sentencia interpuso la mercantil Vega y Gijón, S.L., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.
Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 517/2012, y se señaló el 17 de mayo de 2013 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia. Cuarto.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La mercantil Vega y Gijón, S.L., interpuso demanda incidental de impugnación del inventario, contra la Administración Concursal de La Verja, S.A. y contra la entidad mercantil La Verja, S.A., solicitando que se declarara que la deuda que la entidad Vega y Gijón, S.L., mantenía con la entidad La Verja, S.A., antes de producirse la compensación era de 88.827,99 euros. Y que se acordara excluir del inventario presentado por la Administración Concursal sobre deudores, la mención a Vega y Gijón, S.L., como deudora de la cantidad de 90.912,88 euros, disminuyendo el crédito que figura en la lista de acreedores presentada en dicha cuantía, por haber sido la misma compensada con las cantidades que a la misma se adeudaban de forma previa a la declaración de concurso, siendo por tanto el saldo existente a favor de Vega y Gijón, S.L., de 2.084,89 euros.
Exponía la representación de la actora que ambas mercantiles habían suscrito el 1 de julio de 1997 un contrato de distribución que se renovaba anualmente, facturándose de forma recíproca ambas sociedades cantidades por diversos conceptos.
Decía la actora que a partir de octubre de 2007 La Verja, S.A., dejó de abonar a Vega y Gijón, S.L., las comisiones por distribuir sus productos, pese a que Vega y Gijón, S.L., sí abonaba los productos que adquiría de La Verja, S.A., impago de comisiones que le produjo graves desajustes de tesorería.
Añadía la representación de la actora que la cantidad que Vega y Gijón, S.L., adeudaba a la...
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