SAP Murcia 210/2012, 29 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución210/2012
Fecha29 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00210/2012

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Francisco José Carrillo Vinader

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintinueve de marzo de dos mil doce.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Incidente Concursal procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 32/2009, -rollo nº 337/2011-, entre las partes, actora Promociones Framadal, S.L., con domicilio social en Murcia, Los Garres, barrio de San José de la Montaña, calle Escuelas nº 24, con C.I.F. nº B-73193484, representada por el Procurador Sr. Gálvez Manteca y dirigida por el Letrado Sr. Campuzano Campuzano; y demandada, Administración Concursal de Promociones Framadal, S.L., y Caja de Ahorros del Mediterráneo, con domicilio social en Alicante, calle San Fernando nº 40, con C.I.F. nº G-03046562, representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y dirigida por el Letrado Sr. Eizaga Aranzadi.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Promociones Framadal, S.L., contra la sentencia de 14 de junio de 2010, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: DESESTIMO la demanda incidental interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Gálvez Manteca, en nombre y representación de Promociones Framadal, S.L. contra la Administración Concursal y la Caja de Ahorros del Mediterráneo, con expresa imposición de costas a la parte actora".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Promociones Framadal, S.L., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 337/2011, y se señaló el 21 de marzo de 2012 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

La mercantil Promociones Framadal, S.L., promovió incidente concursal contra Caja de Ahorros del Mediterráneo y contra la Administración Concursal por haber calificado el crédito de la Caja de Ahorros del Mediterráneo por valor de 2.666.164,93 euros como crédito especialmente privilegiado, solicitando que se declarara dicho crédito como subordinado y que se declarara igualmente que las dos operaciones de disposición de crédito hipotecario de 26 de mayo de 2009 por valor de 370.000...

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