STSJ Cataluña 360/2013, 25 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución360/2013
Fecha25 Marzo 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Recurso nº 200/2010

Parte actora: Conrado

Parte demandada: MINISTERIO DEL INTERIOR DGP Y DGGC

SENTENCIA nº. 360/2013

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. JOAQUIN BORRELL MESTRE

MAGISTRADOS

D/Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA

D/Dª. Mª JOSÉ MOSEÑE GRACIA

En Barcelona, a veinticinco de marzo de dos mil trece.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida como figura al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente sentencia para la resolución del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por D/Dª. Conrado, actuando en calidad de Funcionario/s Público/s en su propia representación y defensa al amparo de lo dispuesto en el artº. 23.3 de la LRJCA ; contra la Administración Pública demandada: MINISTERIO DEL INTERIOR DGP Y DGGC, actuando en nombre y representación de la misma el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D/Dª. Mª JOSÉ MOSEÑE GRACIA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la parte actora, a través de su representación en autos, se interpuso en tiempo y forma legal, recurso contencioso administrativo contra la resolución objeto de recurso dictada por la Administración demandada.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Se acordó recibir el presente pleito a prueba, con el resultado que obra en autos.

Cuarto

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron.

Quinto

Se señaló para votación y fallo de este recurso, habiéndose observado y cumplido en este procedimiento las prescripciones legales correspondientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por D Conrado funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, con destino en la Comisaría Local de Cornellá de Llobregat se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Director General de la Policía de 9 de Diciembre de 2009, por la que se desestima su solicitud de abono de la diferencia entre lo percibido como indemnización por residencia habitual (28% en los casos y el 35% en otros, de la dieta completa) y lo que considera que se le debería haber abonado por este concepto (80% de la dieta completa), durante los períodos de tiempo que fue comisionado para prestar servicios a distintas plantillas policiales de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona.

Indicaba que desde la toma de competencias de los Mossos d'Esquadra en la localidad de Cornellá se está obligando de forma forzosa a los funcionarios de policía allí destinados a realizar comisiones de servicio en calidad de residencia eventual en otras localidades.

Fue a partir del 1 de Noviembre de 2001 cuando comenzaron este tipo de comisiones siendo abonado por la Dirección General de la Policía el 80% de la dieta.

Concretamente habiendo realizado el actor comisiones de servicio de carácter forzoso en las mismas condiciones que aquellas entre el 1 de Diciembre de 2006 y el 31 de Julio de 2007 sólamente se le ha abonado el 35% y el 28% de la dieta entera.

Considera que la interpretación que la Administración realiza del artículo 16 del Real Decreto 462/2002 obligando al recurrente a salir en comisión de servicio de carácter forzoso no es ajustada a derecho cuando la naturaleza jurídica esencial de aquella es la voluntariedad y la excepción la forma forzosa.

Se está ante una situación en que una cuestión de falta de personal y de desorganización del Cuerpo Nacional de Policía prolongada en el tiempo se está convirtiendo en un instrumento para el establecimiento de comisiones de servicio forzosas afectando a la movilidad del funcionario, estándose así en presencia de una imposición contraria al ...

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