SAP Baleares 52/2013, 13 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución52/2013
Fecha13 Febrero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00052/2013

Rollo núm.: 185/12

S E N T E N C I A Nº 52

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Don Carlos Gómez Martínez

MAGISTRADOS:

Doña Rosa Rigo Rosselló

Doña Catalina Moragues Vidal

En Palma de Mallorca a trece de febrero de dos mil trece.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ibiza, bajo el número 215/10, Rollo de Sala número 185/12, entre partes, de una como actora-apelante la entidad Sermas 5 S.L., y como demandado- apelante don Casimiro, ambas partes representadas por la Procuradora doña Vicenta Jiménez Ruiz y asistidas por el Letrado doña Cristina López Antón y doña Adela, de otra, como demandadaapelada la entidad RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales S.A., representada por la Procuradora doña Ana López Woodcok y asistida por el Letrado don Roberto Sanz López, de otra como demandada-apelada Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., representada por el Procurador don Onofre Perelló Alorda y asistida por el Letrado don Ignacio Valenzuela Cano, y de otra como demandado-apelado don Narciso, no comparecido ante esta alzada.

ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrada doña Rosa Rigo Rosselló.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ibiza, se dictó sentencia en fecha 27 de Octubre de 2011, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Jiménez Ruiz en nombre y representación de Serma 5, S.L. contra RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales S.A., y contra Zurich España, Cía de Seguros y Reaseguros S.A. y estimo parcialmente la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador Sra López Wodcock en nombre y representación de RTM Desarrollos Urbanisticos y Sociales S.A., contra Serma 5, S.L., Narciso y Casimiro, en consecuencia, condeno: 1.- A Sermas 5, S.L. al cumplimento del contrato de compraventa suscrito con RTM Desarrollos Urbanisticos y Sociales S.A., de fecha 31 de mayo de 2006, según el clausulado pactado, con todos los pronunciamientos que le son inherentes. 2.- Solidariamente a Serma 5, S.L. a Narciso y Casimiro, a abonar a la actora la parte del precio de la compraventa pendiente de pago, en particular la cantidad de siete millones ochocientos noventa y dos mil seis setenta y ocho con cero tres euros (7.892'078'03 euros) de principal, más el IVA correspondiente, más los intereses legales correspondientes. 3.- No se efectúa condena en costas a las partes".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por las representaciones de la parte Sermas 5 S.L y Casimiro, se interpusieron sendos recursos de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para votación y fallo 31 de enero de 2013.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la resolución de instancia.

PRIMERO

La entidad Sermas 5 S.L. interpuso la demanda de juicio ordinario origen de los autos de que deriva el presente rollo, contra RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales SA y Zurich España, en solicitud de que se dicte sentencia por la que se declare resuelto el contrato privado de compraventa suscrito en fecha 31 de mayo de 2006 entre RTM y la actora toda vez que a la fecha pactada de terminación de las obras y entrega efectiva de las viviendas el día 30 de junio de 2009, aquellas carecían de certificado de final de obra, licencia de primera ocupación y cédula de habitabilidad, condenando a la entidad vendedora y a la entidad aseguradora Zurich a la devolución de la cantidad de 2.291.924'97 euros.

La entidad aseguradora Zurich se personó en autos y se opuso a las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial, invocando la excepción de falta de capacidad de la parte demandante y el carácter de inversor de la actora, considerando que la póliza de seguro no puede amparar la devolución de cantidades entregadas a cuenta de la compraventa por un simple retraso en la entrega, no imputable a la vendedora.

RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales S.A. se personó en autos y se opuso a las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial, formulando a su vez demanda reconvencional contra Sermas

5 S.L., Don Narciso y D. Casimiro, en su condición de fiadores solidarios, interesando se dicte sentencia por la que:

- Se condene a Sermas 5 S.L., al cumplimento forzoso del contrato de compraventa suscrito por las partes con fecha 31 de mayo de 2006, según el clausulado pactado, así como a estar y pasar por esta declaración, contados los pronunciamientos que le son inherentes.

- Se condene a Sermas 5 S.L., a la entrega de las cantidades que aún son debidas a cuenta del precio final del contrato de fecha 31 de mayo de 2006, esto es 7.892.078'03 euros de principal, más el IVA correspondiente, incrementándose todo ello con los intereses de demora, según establece la estipulación segunda del contrato de compraventa, más la cantidad de 16.506'46 euros, relativos a los intereses de demora pactados en el documento suscrito con fecha 15 de septiembre de 2006.

- Se declare la obligación personal y solidaria de don Narciso y don Casimiro al pago del precio de la compraventa pendiente de pago, y en su virtud se condene solidariamente a ambos demandados a pagar la cantidad de 7.892.078'03 euros de principal más el IVA correspondiente, incrementándose todo ello con los intereses de demora según establece la estipulación segunda del contrato de compraventa, y se les condene solidariamente junto con la demandante reconvenida al pago de dicha cantidad.

En fecha 27 de octubre de 2011 recayó sentencia por la que:

- Se desestimaba íntegramente la demanda principal interpuesta por la entidad Sermas 5 SL contra RTM Desarrollo Urbanísticos y Sociales S.A. y contra Zurich España y se absolvía a las expresadas entidades demandadas de las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial.

- Se estimaba en parte la demanda reconvencional interpuesta por RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales S.A., y se condenaba a Sermas 5 S.L., al cumplimiento del contrato de compraventa de 31 de mayo de 2006 y solidariamente con Sermas 5 S.L. a don Narciso y don Casimiro a abonar la cantidad de 7.892.078'03 euros de principal más el IVA correspondiente e intereses.

La expresada resolución constituye el objeto del presente recurso de apelación al haber sido impugnada por la entidad demandante Sermas 5 S.L. y por don Casimiro .

Alegan en primer lugar ambas partes apelantes que procede decretar la nulidad de actuaciones, retrotrayendo las mismas para la celebración de un nuevo acto de audiencia previa para la práctica de las pruebas propuestas por Sermas 5 S.L. y don Casimiro . Reiteran el incumplimiento por parte de RTM Desarrollos Urbanísticos y Sociales S.A., del plazo de entrega de las viviendas y estiman en consecuencia que procede decretar la resolución del contrato de compraventa convenida entre las partes litigantes el 31 de mayo de 2006, y condenar solidariamente a la entidad demandada y a su compañía aseguradora a la devolución de la cantidad entrega de 2.291.921'97 euros.

SEGUNDO

Respecto de la pretensión de nulidad ejercitada es de señalar que como ha reiterado la jurisprudencia, los actos judiciales serán nulos de pleno derecho cuando se prescinda total y absolutamente de las normas esenciales del procedimiento, o por infracción de los principios de audiencia, asistencia y defensa, siempre que se haya producido efectiva indefensión ( art. 225.3 y 227 de...

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