SAP Murcia 11/2013, 9 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 11/2013 |
Fecha | 09 Enero 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
SENTENCIA: 00011/2013
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 469/12
JUICIO ORDINARIO Nº 876/08
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE CARTAGENA
SENTENCIA 11
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
Don Miguel Ángel Larrosa Amante
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a 9 de Enero de dos mil trece
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario 876/08 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante GRUPO INMOBILIARIO LA MANGA S.A., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representado por la Procuradora FRANCISCO ANTONIO BERNAL SEGADO y dirigido por el Letrado Sra. DAYER GIMÉNEZ y como apelada Estanislao y Amparo representado por el Procurador Sr. VALERA COBACHO, asistido del letrado Sr. CROSS MARTÍNEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 876/08, se dictó sentencia con fecha 06.02.12, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: " Que desestimando la demanda interpuesta por "Grupo Inmobiliario La Manga, S.A.", contra D. Estanislao y Dª. Amparo, absuelvo a éstos de las pretensiones deducidas en su contra, imponiendo a la demandante el pago de las costas procesales causadas.
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día 11.12.12. TERCERO.- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, excepto el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que desestimó la demanda en la que se ejercitaba acción de resolución de contrato de permuta e indemnización de daños y perjuicios. Se formula recurso de apelación por la demandante por considerar que existe error en la valoración de la prueba.
Por la parte apelada, se formuló escrito de oposición al recurso de la contraparte solicitando la confirmación de la sentencia.
Se alega por el apelante en su recurso que existe error en la valoración de la prueba, ya que la sentencia basa su argumentación en la declaración del arquitecto Sr. Hipolito que manifestó en el acto del juicio que el proyecto sobre el que las partes concertaron la permuta es con el que se pidió la licencia, lo que es contradictorio con el resto de su declaración ya que si se hubiera podido construir el proyecto sobre la finca permutada prescindiendo del trozo de terreno de uso dotacional, el propio arquitecto le habría aconsejado y el demandante lo habría aceptado. Siendo lo cierto que de modificarse el proyecto inicial en que el bajo comercial es lo más valioso del mismo, el citado proyecto sería antieconómico.
En definitiva, en el...
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ATS, 7 de Enero de 2014
...contra la Sentencia dictada con fecha 9 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 469/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 876/2008 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 22 de febrer......