SAP Alicante 692/2012, 30 de Noviembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 692/2012 |
Fecha | 30 Noviembre 2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE
SECCIÓN NOVENA CON SEDE EN ELCHE
SENTENCIA Nº 692/12
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Manuel Valero Diez
Magistrado: D. Andrés Montalbán Avilés
Magistrado: D. Domingo Salvatierra Ossorio
En la ciudad de Elche, a treinta de noviembre de dos mil doce.
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1127/09, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrevieja, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Victorio, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Pérez Rayón y dirigida por el Letrado Sr/a. Navarro Calatayud, y como apelada la parte demandada Consulting & Serv Bureau, S.L,, D. Arsenio y Doña Custodia, representada por el Procurador Sr/a. Pérez Campos y dirigida por el Letrado Sr/a. Segarra Vicens.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrevieja en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 27/4/11 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "I.- Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Giménez Viudes en nombre y representación de Victorio contra Consulting And Serv. Bureau, S.L., Don. Arsenio Doña. Custodia, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Devesa Partera.
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Condeno a Consulting And Serv. Bureau, S.L., Don. Arsenio Doña. Custodia al pago de la cantidad de 7.800 euros, más el interés legal correspondiente desde la interposición de la demanda.
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Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte actora en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 899/11, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 29/11/12.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José Manuel Valero Diez.
Se discute en exclusiva por el apelante el importe de la indemnización que por daños y perjuicios se le concede en la resolución de instancia. Recuerda la STS de 10 de junio de 2000, que "no basta el incumplimiento de una obligación para reclamar indemnización de daños y perjuicios, ya que ese incumplimiento no lleva consigo y en todo caso la producción de daños, los que han de ser probados y como derivados del incumplimiento ocasionado ( Sentencia de 8 febrero 1996, que cita las de 8 febrero 1955, 2 abril 1960, 13 junio 1981, 26 junio y 8 octubre 1983, 17 septiembre 1987 y 12 mayo 1994 ), siendo cuestión de hecho, cuya apreciación incumbe a los juzgadores de las instancias ( SS. de 7 mayo 1991 y 23 marzo y 13 abril 1992 .".
En este caso, consta suficientemente demostrado y así lo declara la sentencia apelada que el incumplimiento por la parte demandada de sus obligaciones de...
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ATS, 10 de Diciembre de 2013
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