STSJ Cataluña 1189/2012, 2 de Noviembre de 2012

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2012:11055
Número de Recurso225/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución1189/2012
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 225/2011

Parte apelante: Juan

Representante de la parte apelante: DOMENECH ANA ISABEL MARQUINA JOSE MANUEL LUQUE TORO

Parte apelada: CONSORCI D'EDUCACIO DE BARCELONA

Representante de la parte apelada: LLETRAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA

S E N T E N C I A Nº 1189/2012

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

D. JOAQUIN BORRELL MESTRE

Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT

En la ciudad de Barcelona, a dos de noviembre de dos mil doce

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mª LUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 11/01/2011 el Juzgado Contencioso Administrativo nº 6 de Barcelona, en el Procedimiento Abreviado seguido con el número 430/2009, dictó Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto contra la Resolución por la que se cesa como interino al recurrente. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO

Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 2 de noviembre de 2012. CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora impugna la Sentencia núm. 2, de 11 de enero de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 6 de esta Ciudad, en el recurso contenciosoadministrativo registrado con el número 430/2009 -C, contra la resolución del gerente del Consorcio de Educación de Barcelona, de 27 de mayo de 2009, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra su cese como interino.

Solicita que se dicte sentencia admitiendo el recurso en todos sus extremos, en especial, que se anule la resolución recurrida, que se le reponga en su puesto de trabajo y que se le abone la retribución salarial correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2008 hasta la fecha de la reposición.

La Administración demandada se opone al recurso de apelación y solicita que se desestime el recurso de apelación con imposición de costas al apelante.

SEGUNDO

El apelante viene a reproducir las alegaciones efectuadas en la demanda partiendo de su nombramiento como interino, con carácter temporal, y las concretas causas de cese reguladas en el art. 124.4 del DL 1/1997 . Niega que las circunstancias del cese tuvieran como causa la incorporación a los centros de una funcionaria de carrera que había solicitado el ingreso. Y ello por cuanto las dos plazas que ocupaba el demandante con carácter interino fueron ocupadas interinamente tras su cese por personas distintas a la Sra. Antonia, funcionaria del cuerpo de auxiliar administrativo, por lo que, los motivos por los que se le dio de baja debieron ser otros distintos y no la reincorporación de una funcionaria de carrera. Por ello interpuso recurso de reposición, alegando que no había lugar a su baja en el puesto de trabajo porque había tenido conocimiento de que su puesto de trabajo estaba siendo ocupado por personal no funcionario. Con carácter previo, menciona también el informe que obra en el expediente administrativo, folios 9 a 16 del EA, del que resulta las "dificultades de entendimiento, en el desempeño de las tareas del Sr. Juan, entre éste y la coordinación del centro", elaborado pocas semanas antes de que la funcionaria de carrera se reincorporara a su puesto de trabajo. Este informe pone de manifiesto que la Coordinación del Centro AFA Martinet de Nit no estaba conforme sobre cómo desempeñaba sus tareas el recurrente. Y ya, entrando en los motivos de apelación, manifiesta su disconformidad con los razonamientos 2º y 3º de la sentencia, pues el recurrente había sido nombrado como auxiliar administrativo, mediante un único nombramiento a jornada completa, para desempeñar sus tareas en el AFA Martinet de Nit y en AFA Barceloneta, siendo cesado a consecuencia de la toma de posesión de Doña. Antonia, perteneciente al cuerpo de auxiliares administrativos, de su puesto de trabajo que afectaba al AFA Martinet de Nit (centro donde el Sr. Juan prestaba sus servicios) y al CEIP del Turó (centro donde el Sr. Juan no prestaba servicios) tal como se reconoce en la Sentencia impugnada.

Igualmente se reconoce en la Sentencia de instancia que Doña. Antonia, una vez reincorporada, solicitó una reducción de jornada por guarda del menor, lo que dio lugar a que su reincorporación afectase al AFA Martinet de Nit (donde nunca llegó a reincorporarse, sino que se reincorporó tan solo al CEIP del Turó), por lo que se produjo el nombramiento de una tercera persona para el desempeño de la plaza en el AFA Martinet de Nit a tiempo parcial.

La Sentencia reconoce y fundamenta el cese en la circunstancia de que el Sr. Juan tenía un único nombramiento para un puesto de trabajo que agrupaba dos centros vinculados a jornada completa de 37 horas y media semanales, que se realizaba en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS, 2 de Septiembre de 2014
    • España
    • 2 Septiembre 2014
    ...del Tribunal Superior de Justicia de la Cataluña, de fecha 2 de noviembre de 2012, estimatoria en parte del recurso de apelación nº 225/2011 , interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Barcelona, de fecha 11 de enero de 2011, dictada en el P.A. 430......
  • ATS, 7 de Mayo de 2015
    • España
    • 7 Mayo 2015
    ...del Tribunal Superior de Justicia de la Cataluña, de 2 de noviembre de 2012, estimatoria en parte del recurso de apelación número 225/2011 , con imposición de las costas procesales causadas a la parte Mediante escrito de 1 de octubre de 2014, la representación procesal de D. Hilario interes......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR