SAP Granada 380/2012, 28 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Septiembre 2012
Número de resolución380/2012

1 AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION CUARTA

ROLLO Nº 235/12

JUZGADO GRANADA 6

DIVISIÓN HERENCIA Nº 504/10

PONENTE SR JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

S E N T E N C I A Nº 380/12

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ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO GALLO ERENA

MAGISTRADOS

D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

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En la Ciudad de Granada a veintiocho de septiembre de dos mil doce. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de Juicio de División de Herencia nº 504/10, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Granada, en virtud de demanda de Dª Sonsoles y D. Heraclio, representados ambos por el Procurador Sr. Leyva Muñoz, contra Dª Custodia

, representada por el Procurador Sr. Alameda Gallardo, Pablo.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en 18/10/11, contiene, literalmente, el siguiente fallo: "Se aprueban las operaciones divisorias efectuadas por el contador partidor en su dictamen de fecha 12 de mayo de 2011, desestimando la oposición formulada a las mismas por la parte demandada, con expresa condena a ésta en las costas devengadas".

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación; elevándose posteriormente las actuaciones a éste Tribunal señalándose día y hora para Votación y Fallo.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No podemos estimar el motivo único del recurso que alega infracción del artº 867,1º del Código Civil y de la jurisprudencia que lo interpreta, así como error en la valoración de la prueba. En los presentes autos de división judicial de la herencia dejada por el finado D. Severiano en los que intervienen como herederos sus hijos, Dª Sonsoles y D. Heraclio, frente a la legataria Dª Custodia, quien convivía maritalmente con el causante, hemos de partir de la disposición testamentaria otorgada en la que, además de instituir herederos a sus dos hijos, lega a Dª Custodia el tercio de libre disposición de su herencia, si bien es voluntad del testador, que para pago de dicho legado, se le adjudique a dicha Sra. el pleno dominio de la vivienda que constituye la finca registral nº NUM000 .

Dado que lo que es objeto del legado es el tercio de libre disposición, aunque para su pago habrá...

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