ATS, 2 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Octubre 2012

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Octubre de dos mil doce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "BANKIA, S.A." presentó el día 30 de marzo de 2012 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 14 de octubre de 2011, por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 11ª), en el rollo de apelación nº 838/2010 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1294/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de los de Barcelona.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 17 de febrero de 2012 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes el día 22 de febrero siguiente.

  3. - La procuradora Dª. Lucila Torres Rius, en nombre y representación de "BANKIA, S.A." presentó escrito el día 23 de febrero de 2012, personándose en concepto de parte recurrente. Por su parte, el procurador D. José Luis Ferrer Recuero, en nombre y presentación de "NEW LLIMONETT, S.L.", presentó escrito el día 30 de marzo de 2012, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente constituyó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por las representaciones procesales de "BANKIA, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación formalizados por la representación procesal de "BANKIA, S.A.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "BANKIA, S.A." contra la sentencia dictada, con fecha 14 de octubre de 2011, por la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 11ª), en el rollo de apelación nº 838/2010 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1294/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de los de Barcelona.

  2. - Y entréguense copia de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con los arts. 473.3 y 483.5 LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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