ATS, 2 de Octubre de 2012

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2012:9351A
Número de Recurso790/2012
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2012
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Octubre de dos mil doce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de KOÇ ALLIANZ SIGORTA AS presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 1 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Baleares (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 528/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 206/2006 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma de Mallorca.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 17 de marzo de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

  3. - La procuradora Dª Gloria Messa Teichman, en nombre y representación de KOÇ ALLIANZ SIGORTA AS, presentó escrito ante esta Sala con fecha 20 de marzo de 2012 personándose en calidad de recurrente. El procurador D. Pedro Antonio González Sánchez, en nombre y representación de CLUB DE MAR MALLORCA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 21 de marzo de 2012 personándose en calidad de parte recurrida. La procuradora Dª Mª del Carmen Azpeitia Bello, en nombre y representación de MANNHEIMER VERSICHERUNG, A.G., presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de abril de 2012 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC , por la representación procesal de KOÇ ALLIANZ SIGORTA AS, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de KOÇ ALLIANZ SIGORTA AS contra la sentencia dictada, con fecha 1 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Baleares (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 528/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 206/2006 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma de Mallorca.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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