SAN 19/2012, 6 de Marzo de 2012

PonenteMANUELA FRANCISCA FERNANDEZ PRADO
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2012:3584
Número de Recurso2/2011

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCION Nº 1

ROLLO DE LA SALA Nº 2/11

Procedimiento Abreviado 41/2005

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

Magistrados:

Dª Manuela Fernández Prado (ponente)

D. Nicolás Poveda Peñas.

D. Ramón Sáez Valcárcel

En la villa de Madrid, el día 6 de marzo de 2012, la Sección Primera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, ha dictado la siguiente

SENTENCIA nº 19/2012

En el Procedimiento Abreviado 41 de 2005 procedente del Juzgado Central de Instrucción número 1, Rollo de Sala 2 de 2011, seguido por delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de drogas, en el que han sido partes acusadoras:

Ejercitando la acción Pública el Ministerio Fiscal, representado por el Sr. D. Ángel Bodoque

Como acusados:

Lucio Geronimo , titular del Documento Nacional de Identidad número NUM000 , nacido en Puerto del Rosario (Fuerteventura), el NUM001 de mil novecientos cincuenta y cinco, hijo de José y de Carmen y condenado ejecutoriamente en sentencia de 7-12-1990 por un delito contra la salud pública a la pena de 8 años y 1 día de prisión mayor y multa 101 millones de pesetas, la cual cumplió el 21 de Marzo de 1996, y en sentencia de 19-7-2007 por un delito contra la salud pública cualificado con la agravante de reincidencia a la pena de 12 años de prisión y multa. Con fecha 25 de octubre 2004 se decretó su detención, puesto a disposición judicial el 4 de noviembre de 2004 e ingresado en prisión en igual fecha. Se decretó su libertad con fianza de 50.000 € el día 23.09.05

Ha sido representado por la Procuradora Doña Isabel Campillo García y defendido por el Letrado D. Oskar Zein Sánchez

Tamara Zaira , titular del Documento Nacional de Identidad número NUM002 , nacida en Las Palmas de Gran Canaria el NUM003 de mil novecientos setenta y uno, hija de Rafael y de Trinidad y sin antecedentes penales. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, que se llevó a cabo el 26 de igual mes, ingresado en prisión el 29/10/04 por razón de las diligencias previas 3602/04 del Juzgado 1 de Marbella siendo puesta a disposición del Juzgado de Instrucción 5 de Las Palmas por razón de las previas 5113/04, quien legalizó su situación el 09.12.04. Salió en libertad el 16/09/05 bajo fianza de 15.000€

Ha sido representada por el Procurador D. Carlos Valero y defendida por el Letrado D. Alberto de Miquel Miquel.

Gabino Mariano , de nacionalidad libanesa, con NIE.- NUM004 , nacido en Damour (Líbano), el NUM005 /1961, hijo de Mousa y Touba, sin antecedentes penales. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, fue detenido el día 26 y puesto a disposición judicial el día 29 de dicho mes, fecha en la que ingresó en prisión salió en libertad el 16 de septiembre de 2005 bajo fianza de 25.000€

Ha sido representado por el Procurador de oficio D. Ramón María Querol Aragón y defendido por la Letrada de igual turno de oficio Doña Rosa María Stampa Rodríguez.

Adriano Urbano , titular del D.N.I. NUM006 , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el NUM007 de mil novecientos cincuenta y nueve, hijo de Antonio y de Magdalena, sin antecedentes penales. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, fue detenido el día 26 y puesto a disposición judicial el día 29 de dicho mes, fecha en la que ingresó en prisión; puesto en libertad el 4 de marzo de 2005.

Ha sido representado por la Procuradora Doña María Teresa Castro Rodríguez y defendido por el Letrado D. José María Rivero Pérez.

Arsenio Leandro , titular del Documento Nacional de Identidad NUM008 , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el NUM009 de mil novecientos cincuenta y tres, hijo de José y de Agustina, sin antecedentes penales, Letrado de profesión. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, fue detenido el día 26 y puesto a disposición judicial el día 29 de dicho mes, fecha en la que ingresó en prisión; salió en libertad el 5 de marzo de 2005

Ha sido representado por la Procuradora Doña Cristina Matud Jurista y defendido por el Letrado D. Víctor García de Bordillo Flores.

Augusto Celestino , titular del D.N.I. NUM010 , nacido en Cirueña (La Rioja), el NUM011 de mil novecientos cuarenta y dos, hijo de Delfín y de Antonia, sin antecedentes penales. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, detenido el día 26, puesto a disposición judicial el día 29 y puesto en libertad con esa misma fecha.

Ha sido representado por el Procurador D. Gabriel de Diego Quevedo, Letrado D. Enrique Molina Benito

Ernesto Ezequias , titular del D.N.I. NUM012 , nacido en Salar (Granada), el NUM013 de mil novecientos cincuenta y nueve, hijo de Francisco y Emilia y sin antecedentes penales. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, fue detenido el día 26 de octubre y puesto a disposición judicial el día 29 de dicho mes, fecha en que ingresó en prisión; puesto en libertad el 4 de marzo de 2005.

Ha sido representado por la Procuradora Doña Isabel Díaz Solano y defendido al principio de la vista oral por el Letrado D. Carlos Larrañaga Junquera y sustituido por los Letrados D. Oscar D. Chicharro Arcas y D. Javier Portillo Fernández, quienes manifestaron expresamente al Tribunal estar en condiciones de ejercer efectivamente la defensa.

Ruperto Vicente , titular del D.N.I. nº NUM014 , nacido en Ceuta el día NUM015 de 1.968, hijo de Fernando y María Teresa, y sin antecedentes penales, Letrado de profesión. En las Diligencias Previas 3602/2004 del Juzgado 1 de Marbella se decretó su prisión por auto de 25/10/2001, fue detenido el 26, puesto a disposición judicial el día 29 y en libertad mediante resolución de esta fecha 29/10/2004

Ha sido representado por el Procurador D. Jesús Iglesias Pérez, asumiendo su propia defensa.

Bernardo Francisco , titular del D.N.I. NUM016 , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el NUM017 /1962, hijo de José y de Dolores y con antecedentes penales no computables en esta causa, siendo detenido el día 1 de Noviembre de 2004 en el aeropuerto de Barajas cuando procedía de Venezuela con 10 kilos y medio de cocaína que portaba adherida a las ropas de su equipaje, tramitándose por estos hechos las Diligencias Policiales NUM018 de fecha 1-11-2004, remitidas después a los Juzgados de guardia de Detenidos de Madrid el 3 de Noviembre de 2004, y finalizando el procedimiento con la condena firme dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en fecha 5-9-2005 por un delito contra la salud pública a la pena de 9 años y 1 día de prisión y multa.

Ha sido representado por la Procuradora de oficio Doña Gema Avellaneda Peña y defendido por el Letrado de igual turno de oficio D. Vicente Jorge Barrio.

Onesimo Tomas , titular del D.N.I. NUM019 , nacido en Pampatar (Venezuela), el NUM020 de mil novecientos cuarenta y nueve, hijo de Jacinto y de Clara y con antecedentes penales no computables en esta causa. Con fecha 25 de octubre de 2004 se acordó su detención, puesto a disposición judicial, se decretó su libertad el 4 de noviembre de 2004.

Ha sido representado por el Procurador y Letrado de oficios D. José Periañez González y D. Álvaro de Mergalina González Robatto

Lucas Dionisio , titular del D.N.I. NUM021 , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el NUM022 de mil novecientos cincuenta y dos, hijo de José Joaquín y Juana Hortensia y sin antecedentes penales. Se decretó su prisión el 25 de octubre de 2004, detenido el 2 de noviembre y puesto a disposición judicial se decretó su libertad el 4 de noviembre de 2004.

Ha sido representado por la Procuradora Dª Matilde Marín Pérez y defendido por el Letrado D. Francisco Manrique Pérez.

Actúa como ponente la Magistrada Manuela Fernández Prado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. - El Juzgado Central de Instrucción número 1 incoó, con fecha 1 de febrero de 2005, diligencias Previas número 41 de 2005, en virtud de inhibición del Juzgado de Instrucción número 5 de Las Palmas de Gran Canaria en sus Diligencias Previas 5113/2003, instruidas en virtud de la solicitud de intervenciones telefónicas solicitada por la Brigada Provincial de Policía Judicial, Jefatura Superior de Canarias, Grupo IV, diligencias policiales iniciales NUM023 ; a las diligencias previas 5113/2003 se fueron acumulando en su mayoría como consecuencia de las de las detenciones efectuadas, las previas 4755/04, 4756/04, 4977/04 del mismo juzgado, 9.088/04 Instrucción 5 de Málaga, 6184/2004 Instrucción 6 de Madrid, indeterminadas 154/2004 del Instrucción 8 de San Bartolomé de Tirajana, Previas 3277/04 Instrucción 5 de Marbella, Previas 3602/2004 del Juzgado 1 de Marbella. También se acumularon las diligencias 1599/2004 de la Audiencia Provincial de Málaga , procedentes del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Marbella seguidas por delito contra la salud pública.

Con fecha 29 de diciembre de 2004 el Juzgado 5 de Las Palmas dicto auto acordando su inhibición a favor de los Juzgados Centrales de Madrid, incoándose por el Juzgado Central 1, como ya se hace constar, las diligencias previas 41/05, y, si bien, en un principio fue denegada la competencia, El Tribunal Supremo mediante auto de 13.07.05 acordó la establecer dicha competencia a favor del Juzgado Central número 1. Por auto de 11.08.05 se decretó la reapertura de las diligencias previas. Con fecha 12.01.09 se acordó continuar las actuaciones por el trámite de Procedimiento Abreviado e interpuestos recursos de reforma y apelación fueron desestimados por el propio instructor y por la Sección 4ª de esta Audiencia Nacional. Con fecha 11.05.10 se dictó auto de apertura de juicio oral, en dicha resolución se establecida como órgano competente la Sección 2ª, si bien, teniendo en cuenta las normas de reparto de esta Audiencia Nacional, el conocimiento de la causa correspondió a esta Sección Primera, dicho error fue rectificado mediante providencia de 21.01.11

SEGUNDO.- Las presentes actuaciones fueron elevadas mediante oficio de 20.01.11, y recibidas que fueron en esta Sección Primera se incoó el correspondiente Rollo...

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