SAP Baleares 69/2012, 17 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Julio 2012
Número de resolución69/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección segunda

ROLLO DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 12/2011

ÓRGANO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO DOCE DE PALMA DE MALLORCA

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 2.079/2006

SENTENCIA núm. 69/12

S.S. Ilmas.

DON JUAN JIMÉNEZ VIDAL

DOÑA MÓNICA DE LA SERNA DE PEDRO

DOÑA MARÍA RODRÍGUEZ LÓPEZ

En Palma de Mallorca, a diecisiete de julio de dos mil doce.

VISTO ante la Sección segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca constituida por el Ilmo. Sr. Presidente Don JUAN JIMÉNEZ VIDAL y por las Ilmas. Sras. Magistradas Doña MÓNICA DE LA SERNA DE PEDRO y Doña MARÍA RODRÍGUEZ LÓPEZ el procedimiento abreviado número 2.079/2011 procedente del Juzgado de Instrucción número doce de Palma de Mallorca, rollo de Sala nº 12/2011, por los delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad documental y alzamiento de bienes, seguido contra Dimas Onesimo

, mayor de edad en cuanto nacido el NUM000 .1963, provisto de D.N.I. nº NUM001, sin antecedentes penales, representado por la procuradora Da. María Antonia Otón i María y defendido por el Abogado D. Juan Carlos Somalo Moreno y Nemesio Onesimo, mayor de edad, nacido el NUM002 .2011, provisto de D.N.I. nº NUM003, sin antecedentes penales, representado por el Procurador D. Miguel Socías Rosselló y defendido por la Letrada Da. Carmen Baiguet y, en concepto de responsable civil subsidiaria, contra la entidad "BANCA MARCH, S.A.", representada por el Procurador D. José Antonio Cabot Llambías y defendido por el Letrado

D. Eduardo Valdivia Santandreu.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal, representado en el juicio oral por el Ilmo. Sr. D. Adrián Salazar Larracoechea en ejercicio de la acción pública.

Han ejercitado acusaciones particulares las siguientes partes:

Administración Concursal de Dimas Onesimo y "Do Ut Des, S.L.", representada por la Procuradora Da. María Antonia Ventanyol Antonell y defendida por la Letrada Da. Sandra Femenías.

Lucas Leon, Florencio Victoriano, Apolonio Lucio, Jacobo Florentino, Leon Victorino, Inocencio Lucio, Sacramento Concepcion, Sacramento Monica, Evelio Felix, Leocadia Debora, Debora Florinda

, Fulgencio Gregorio, Ezequiel Valeriano, Eleuterio Felix, Zaira Sagrario, Pelayo Everardo y Edemiro Baltasar, representados por el Procurador D. Santiago Barber Cardona y defendidos por la Letrada Da. Mercedes Binimelis. Victorio Benedicto representado por el Procurador D. Antonio J. Ramón Roig y defendido por el Letrado

D. Victorio Benedicto .

Rocio Almudena, Leocadia Juana, Jenaro Victorio, Pablo Teodosio, Teodoro Urbano, Joaquina Florencia, Flor Francisca, Dionisio Ruben, Jacinta Dolores, Leovigildo Urbano, Teofilo Ambrosio, Julieta Encarnacion, Amador Hipolito, Rogelio Epifanio, Filomena Vicenta, Augusto Eliseo, Salome Encarna, Julieta Sacramento, Belarmino Rodolfo, Socorro Yolanda, Eulogio Federico, Salvadora Nicolasa, Encarna Valle, Felix Obdulio, Soledad Socorro, Victoriano Demetrio y Gabriela Inmaculada, representados todos ellos por el Procurador D. Antonio Colom Ferrá y defendidos por el Letrado D. Pablo Mas Pons.

"GVC Gaesco Bolsa Sociedad de Valores, S.A." y "GVC Gaesco Gestión SGIIC, S.A.", representados por la Procuradora Da. María Ellen Dols Winkler y defendidos por el Letrado D. Antonio Canals Salvá.

Damaso Cecilio, representado por el Procurador D. Onofre Perelló Alorda y defendidos por el Letrado

D. Bernabé Esteban.

Ramon Victorino, Claudia Daniela, Ana Tania, Nicolas Romeo y Victor Samuel, representados por el Procurador Da. Sara Truyols Álvarez Novoa y defendidos por el Letrado D. Antonio Montserrat Moyá.

Manuel Roberto y Angustia Eugenia, representados por el Procurador D. Luis Enríquez Navarra y defendidos por el Letrado D. Juan Enríquez Navarra.

Ha sido Magistrado ponente, que expresa el parecer de este Tribunal, el Ilmo. Sr. D. JUAN JIMÉNEZ VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente procedimiento abreviado fue incoado por escrito conteniendo manifestaciones de Dimas Onesimo a raíz de hechos ocurridos en Palma indiciariamente constitutivos de delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad y alzamiento de bienes. Fueron investigados judicialmente en las diligencias previas 2.079/2006 por el Juzgado de Instrucción número doce de Palma de Mallorca. El día 13.8.2009 recayó auto acordando continuar la tramitación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado.

SEGUNDO

Las partes acusadoras formularon sus conclusiones provisionales solicitando la apertura de juicio oral. El 2.9.2010 se dictó auto por el Juzgado de Instrucción acordando la apertura de juicio oral. El 25.10.2010 la representación procesal del acusado Nemesio Onesimo formuló escrito de defensa. El

3.12.2010 lo hizo la representación de la "Banca March, S.A." y el 2.12.2010 presentó escrito de conclusiones provisionales el acusado Dimas Onesimo .

TERCERO

El 22.2011 se recibieron las actuaciones en esta Audiencia Provincial. El 1.9.2011 se dictó auto admitiendo la prueba propuesta y señalando fecha de juicio para los días comprendidos entre el 18 y el

22.6.2012, en los que se desarrolló en la sede de este Órgano.

CUARTO

En el acto de juicio el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales. Consideró los hechos legalmente constitutivos de un delito continuado de estafa del artículo 249 y 250, 1.6 y 7 del Código Penal en relación con el artículo 74 del mismo y un delito continuado de apropiación indebida, previsto y penado en el artículo 252 en relación con el artículo 250.1.6 ° y 7 º y 74 del Código Penal . Entendió que es aplicable la redacción de los preceptos vigente en la fecha en que ocurrieron los hechos, por considerarla más favorable al acusado que la reforma operada por LO 5/2010, de 22 de junio. Consideró autor de los hechos a Dimas Onesimo . Entendió que concurre la circunstancia atenuante de confesión del artículo 21.4 del CP y solicitó la imposición a dicho acusado de una pena de siete años de prisión, con inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de quince meses a razón de una cuota diaria de 18 euros, con aplicación del artículo 53 del C.P . en caso de incumplimiento del pago de la pena de multa, accesorias y costas.

En concepto de responsabilidad civil solicitó que el acusado fuera condenado a abonar en concepto de indemnización por los perjuicios ocasionados por la defraudación cometida, las siguientes cantidades a:

- Victoriano Demetrio, 18.000 euros.

- Flor Francisca, 30.000 euros.

- Soledad Socorro, 18.000 euros.

- Jacinta Dolores, 11.000 euros. - Elena Sagrario y Augusto Miguel, 50.000 euros.

- Begoña Ofelia, 6.000 euros.

- Celestino Pablo, 6.000 euros.

- Emilia Rocio, 6.000 euros.

- Ruben Eulogio, 30.000 euros.

- Leocadia Debora, 20.000 euros.

- Pablo Teodosio, 18.000 euros.

- Lucas Leon, 15.330 euros.

- Victor Samuel, 60.000 euros.

- Nicolas Romeo, 60.000 euros.

- Samuel Francisco, 180.000 euros.

- Simon Joaquin, 18.000 euros.

- Belarmino Rodolfo y Socorro Yolanda, 12.000 euros.

- Florencio Victoriano y Francisca Isidora, 35.000 euros.

- Jacobo Florentino, 72.333 euros.

- Amador Valentin, 30.000 euros.

- Melchor Ivan, 3.000 euros.

- Evaristo Felipe, 6.000 euros.

- Isaac Silvio, 20.000 euros.

- Andrea Noelia, 67.463'88 euros.

- Julian Ivan e Rebeca Olga, 24.000 euros.

- Alejandro Hugo, 30.000 euros.

- Angelina Debora y Simon Joaquin, 36.000 euros.

- Secundino Raimundo, 1.000 euros; y Debora Sofia, 6000 euros.

- Teodoro Urbano, y Eugenia Clara 18.000 euros.

- Eugenia Graciela, 10.000 euros.

- Higinio Obdulio, 3.500 euros.

- Miguel Federico, 6.000 euros.

- Raimundo Urbano, 6.000 euros.

- "Estaciones Reunidas, S.L", 286.686,99 euros.

- Pelayo Everardo, (22.000 euros) y Ana Andrea 30.000 euros.

- Socorro Francisca, 21.000 euros.

- Isaac Ovidio, 6.000 euros.

- Luis Isaac, 30.000 euros.

- Dionisio Ruben, 36.000 euros.

- Gabriela Inmaculada, 10.000 euros.

- Segundo Urbano, 18.000 euros.

- Jacobo Diego y Diego Jacobo, 5.000 euros.

- Estibaliz Patricia, 6.000 euros. - Agustina Justa, 9.000 euros.

- Eleuterio Felix, 20.000 euros.

- Leon Victorino, 30.000 euros.

- Susana Leticia, 24.600 euros y Nuria Lourdes, 5.000 euros.

- Edemiro Baltasar, 20.850 euros.

- Victoriano Oscar y Almudena Luz, 57.000 euros.

- Rosario Rosalia, 3.000 euros.

- Claudia Daniela, 30.000 euros.

- Vidal Sebastian y Estefania Purificacion, 20.722'41 euros.

- Braulio Diego e Rita Hortensia, 6.000 euros.

- Coral Patricia, 12.000 euros.

- Arcadio Gabino, 36.000 euros.

- Sacramento Concepcion, 12.000 euros.

- Marina Fatima, 6.000 euros.

- Victorio Gabino, 77.600 euros

- Sabino Lucio, 3.200 euros.

- Joaquin Obdulio, 50.000 euros.

- Leocadia Juana, 12.000 euros.

- Caridad Visitacion, 153.011 euros

- Salvadora Nicolasa y Eulogio Federico, 12.000 euros.

- Felix Obdulio, 6.000 euros.

- Mauricio Gerardo y Candida Estrella, 18.000 euros.

- Eugenia Clara, 9000 euros.

- Aureliano Bruno, 6.000 euros.

- Javier Roque, 4.060 euros.

- Pascual Eusebio, 10.400 euros.

- Manuel Roberto, 83.680 euros.

- Porfirio Saturnino e Fermina Flora, 4.000 euros.

- Anselmo Doroteo, 18.020 euros.

- Tania Visitacion, 68.000 euros.

- Camino Esther, 3.000 euros.

- Damaso Cecilio, 12.000 euros.

- Cesareo Cornelio, 12.020 euros.

- Ramona Fatima, 6.000 euros.

- Gerardo Rosendo, 140.000 euros.

- Octavio Roque, 36.000 euros.

- Miriam Penelope, 170.000 euros.

- Adriana Sandra, 275.000 euros.

- Fermina Daniela, 18.000 euros. - Inocencio Lucio, 153.000 euros.

- Marcial Virgilio y Herminio Bernabe, 74.000 euros.

- Fructuoso Teofilo y Antonia Yolanda, 6.000 euros.

- Soledad Esther, 12.000 euros.

- Javier Ernesto y Eulalia Natalia, 20.000...

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