SAP Alicante 263/2012, 16 de Mayo de 2012

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2012:1765
Número de Recurso402/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución263/2012
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de apelación nº 402/2011.- Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Benidorm.

Procedimiento Juicio Ordinario nº 61/2008.-Cuantía: 5.388,87 euros.

S E N T E N C I A Nº 263/12

Iltmos Srs.

Don José María Rives Seva.

Doña María Dolores López Garre.

Doña Encarnación Caturla Juan.

En la Ciudad de Alicante a dieciséis de Mayo de dos mil doce.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 402/11 los autos de Juicio Ordinario nº 61/08 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Tres de la ciudad de Benidorm en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada entidad ELABORADOS EL PLANET S.L. que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña Jesús Zaragoza Gómez de Ramón y defendido/a por el/la Letrado Don/ña José Luis Benedicto Gil y siendo apelada la parte demandante entidad MEDITERRÁNEO Y GESTIÓN S.L. representado/a por el/la Procurador/ra Don/ ña Vicente Jiménez Izquierdo y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Juan Carlos Santana Molina.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Tres de la Ciudad de Benidorm y en los autos de Juicio Ordinario nº 61/08 en fecha 21 de diciembre de 2010 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr/a. Pavia Botella en nombre y representación de Mediterráneo y Gestión SL debo condenar y condeno a Elaborados el Planet SL representado/a por el Procurador Sr/a. Abarca Nogues a que abone a la actora la cantidad total de 5.388'87 euros, más el interés legal de la misma desde la fecha de interposición de la demanda, correspondiendo las costas procesales causadas a la parte demandada. Al mismo tiempo procede desestimar la demanda dirigida por la citada pare actora contra la codemandada rebelde Prominave SL a quien se absuelve de las pretensiones deducidas en su contra en el escrito de demanda, mientras que las costas procesales relativas en su caso a la codemandada Prominave SL, corresponderían en el supuesto de haberse devengado, a la parte actora."

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandada siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte demandante por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 402/11. Tercero .- En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 3 de mayo de 2012 y siendo ponente el Iltmo. Sr. Don José María Rives Seva.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

La mercantil Mediterráneo y Gestión S.L. interpone demanda de juicio ordinario frente a la entidad Elaborados El Planet S.L. en reclamación de la cantidad de 5.388,87 euros como consecuencia de las gestiones llevadas a cabo tras el otorgamiento de la escritura pública notarial de fecha 5 de julio de 2005 desde la obtención del título hasta su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad de Altea, por gastos notariales, de impuestos y los del Registro abonados por aquella.

La sentencia dictada en la instancia estima íntegramente la demanda con relación a la mercantil citada demandada y absuelve a la mercantil Prominave S.L., también demandada y que fue llamada al proceso en virtud del litisconsorcio pasivo necesario, en situación legal de rebeldía, siendo recurrida por la primera de las citadas, por lo que su recurso, digámoslo ya, únicamente podrá afectar a su posición de condenada pero nunca extender la misma consecuencia a la absuelta ya que, conforme a reiterada doctrina, el demandado condenado no puede pedir en la alzada la condena del codemandado absuelto ya que esta petición únicamente podría efectuarla la propia parte demandante, que, en el caso que nos ocupa, no ha recurrido la sentencia.

Segundo

Habrá que estar a las alegaciones del escrito de oposición al recurso para darnos cuenta que la petición de condena que efectuó la mercantil demandante en su escrito de demanda está apoyada jurídicamente en la doctrina del enriquecimiento...

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