SAP Asturias 130/2012, 14 de Julio de 2012
Ponente | JOSE PALLICER MERCADAL |
ECLI | ES:APO:2012:1986 |
Número de Recurso | 136/2012 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 130/2012 |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
GIJON
SENTENCIA: 00130/2012
Avenida de Juan Carlos I, nº 3, 2º planta - C.P.: 33271
Tel.: 985197270 - Fax: 985197269 - audiencia.s8.gijon@justicia.es
Rollo nº 136/2012
SENTENCIA
Presidente: ..... Ilmo. Sr. D. Bernardo Donapetry Camacho
Magistrados: ... Ilma. Sra. Dª. Alicia Martínez Serrano
......................... Ilmo. Sr. D. José Francisco Pallicer mercadal
En Gijón, a catorce de julio de dos mil doce
VISTA, en grado de apelación, por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados arriba indicados, la causa Procedimiento Abreviado nº 100 de 2012 del Juzgado de lo Penal nº 3 de Gijón sobre delito de lesiones, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 136 de 2012 de esta Sala, entre partes, como apelante Anselmo, representado por la Procuradora Dª. Ana Fernández Martínez, y dirigido por la Letrada Dª. Juana Canals Ibáñez, y como apelado Benedicto, representado por el Procurador
D. Francisco-Javier Rodríguez Viñes, y dirigido por el Letrado D. Eloy Fernández Schmidt, y el MINISTERIO FISCAL, siendo PONENTE el ILMO. SR. D. José Francisco Pallicer mercadal, y fundados en los siguientes:
El Juzgado de lo Penal nº 3 de Gijón dictó Sentencia en la referida causa en fecha 31 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que debo de condenar y condeno al acusado Anselmo como autor responsable de un delito de lesiones previamente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad, a la pena de tres meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. § En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a Benedicto en la suma de cuatro mil doscientos cincuenta y ocho euros con sesenta y siete céntimos (4.258,67 euros)".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Anselmo, del que se dio traslado a las demás partes personadas, y remitido el asunto a esta Sección Octava, se registró como Rollo de Apelación nº 136 de 2012, pasando para resolver al Ponente, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y...
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